La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia dictó una sentencia en la que se desestima el recurso interpuesto por la Sociedad Agraria de Transformación Agropino frente a la denegación debido al silencio administrativo de la tramitación del Plan de Sectorización de Menáncaro, en la zona de Serantes.
La firma Agropino proyectaba la construcción de 69 chalés adosados y pareados y un hotel de lujo en la zona de la Fraga de Menáncaro, un bosque centenario. Los vecinos interpusieron un recurso contra el acuerdo plenario del 20 de abril de 2007 que, durante el mandato liderado por el ahora senador popular Juan Juncal, impulsaba un plan de sectorización que daba luz verde al inicio de las obras de la urbanización de lujo en Menáncaro.
Los vecinos afectados actuaron desde un principio bajo la defensa del letrado Cristóbal Dobarro, que dirigió un primer recurso que ya en 2009 anuló el Plan de Sectorización de Menáncaro-Serantes, a través de una sentencia del TSXG que posteriormente confirmó el Supremo.
Esta última sentencia del TSXG desestima el recurso sobre la base, ya que al haberse anulado un plan urbanístico por una resolución judicial se anula la totalidad del mismo de pleno derecho, sin opción a ser convalidado, tal y como pretendía la empresa recurrente. En base a esta resolución se entiende que el proyecto que se presente tras la anulación del plan debe ajustarse totalmente a la normativa vigente en ese momento. No resulta posible la aprobación del existente porque los terrenos están afectados por el Plan de Ordenación del Litoral de Galicia.
Frente a la sentencia se puede interponer un recurso de casación en un plazo de diez días. n