Los contratos temporales en la Universidad no podrán superar el 40% de la plantilla

Los contratos temporales en la Universidad no podrán superar el 40% de la plantilla
Alumnos en el campus de Elviña, en una imagen de archivo/AEC

Las universidades deberán dedicar al menos un 5 % de su presupuesto a la investigación y su personal docente e investigador con contrato temporal no podrá exceder el 40 % de la plantilla, según un real decreto de carácter retroactivo aprobado en Consejo de Ministros.


Con esta norma, el Ministerio de Universidades de Manuel Castells introduce cambios sustanciales para crear y reconocer a una universidad y garantizar su calidad, ya sea pública o privada, de modalidad presencial, virtual o híbrida.


Desde la entrada en vigor del real decreto, las universidades y centros universitarios dispondrán de hasta cinco años para adaptarse a los requisitos docentes, de investigación, de personal docente e investigador, de personal administrativo (PAS) y de instalaciones establecidos.


Según la nueva norma, el personal docente e investigador con contrato temporal no podrá exceder del 40 % de la plantilla docente de las universidades, un porcentaje que superan muchas.


Atajar la alta temporalidad de los contratos en la Universidad es una de las prioridades del ministro Castells, contrario a las fórmulas laborales precarias y a los falsos profesores asociados, según ha dicho él mismo en distintas comparecencias parlamentarias.


El real decreto contempla además que el personal docente e investigador que dé clases esté compuesto, como mínimo, por un 50 % de doctores y que los que impartan enseñanzas de doctorado estén en posesión del título de doctor.


Por otro lado, será imprescindible que las universidades ofrezcan como mínimo diez títulos oficiales de grado, seis de máster y dos programas oficiales de doctorado y tener representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura).


El decreto hoy aprobado obligará a que las universidades dediquen al menos un 5 % de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación, se establece una cifra mínima de publicaciones científicas o patentes y de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional que deberán solicitar y obtener.


El real decreto obliga además a que el alumnado de grado y dobles grados será, como mínimo, el 50 % del total del estudiantado oficial.


Si el porcentaje de estudiantes extranjeros matriculados en el conjunto de másteres oficiales es superior al 50 % del total del estudiantado oficial, se establece en un 35 % el límite mínimo de matriculados de grado y dobles grados oficiales con relación al conjunto.


Concreta además que en el caso de que hubiere un centro adscrito a más de una universidad en el momento de la entrada en vigor de este real decreto, este tendrá un plazo máximo de un año para definitivamente adscribirse a una única universidad.


Especifica, asimismo, que el profesorado de las universidades privadas y de los centros privados adscritos a universidades, no podrá ser personal funcionario de un cuerpo docente universitario en activo y destino en un centro público así como tampoco personal docente e investigador laboral a tiempo completo en la misma situación.


Quedan exentas del cumplimiento de este real decreto la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universidad Internacional de Andalucía, debido a su "especificidad académica".


España cuenta con 50 universidades públicas y 37 privadas y de la iglesia católica, que suman 1.061 facultades y escuelas. 

Los contratos temporales en la Universidad no podrán superar el 40% de la plantilla

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