Presos, fuera

Diez artículos tiene el capítulo segundo del título cuarto del reglamento penitenciario. Se refiere a la clasificación de los penados y cada uno de ellos está desglosado en no pocos apartados de punto y letra. Sin embargo,  hay uno, el 100.2, que desbarata todo lo que le sigue. 

Es ese que “flexibiliza” el sistema de modo que combina aspectos característicos de cada uno de los tres grados de clasificación, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. 

El propio reglamento determina que se trataría de una medida “excepcional” que precisa la aprobación del juez de Vigilancia penitenciaria.

Pues bien, esta medida extraordinaria e inusual  es la que la Administración penitenciaria catalana se apresta a aplicar, forzando todo lo forzable y algo más,  a los golpistas condenados en firme a altas penas de prisión, de modo  que vengan a pasar del segundo grado u ordinario en que fueron en un principio clasificados a prácticamente el tercero o de régimen abierto. 

Y como es de “inmediata ejecutividad” y anterior, por tanto,  a la eventual decisión judicial sobre el recurso interpuesto por la Físcalía, más pronto que tarde iremos viendo en la calle a Junqueras y compañía, teniendo que volver a la cárcel sólo para dormir.  Tiempo récord: cuatro meses después de la sentencia condenatoria del Supremo y luego de algo más de dos años en prisión preventiva.   

Tampoco ha sorprendido en exceso. Se venía venir, desde el punto y hora de que el cumplimiento de las penas es gestionado por una Administración penitenciaria que, transferida a la Generalidad, controlan los correligionarios de los propios presos. Toda una desvergüenza y desafío ante los que -una vez más-  el presidente Sánchez calla. Y el que calla, ya se sabe: otorga. 

Ofertas de trabajo no les van a faltar. Ya el independentista Jaume Roures, administrador único de la audiovisual Mediapro,  ha ofrecido la incorporación a la empresa como experto en Derecho público a uno de los condenados a nada menos que a diez años de prisión e inhabilitación, Joaquín Forn,  ex responsable de los mossos, para que pueda salir a trabajar. Otros lo harán o lo están haciendo ya para hacer voluntariados y/o cuidar a familiares.  

Se trata, en definitiva, de una vía excepcional y que supone, como digo, un tercer grado encubierto. Esto es, una situación de semilibertad concedida por la puerta de atrás. Con un cinismo enorme, para los abogados de los golpistas sería  no un tercer grado, sino  una modalidad del segundo. 

De todas formas,  tanto de trato de favor tiene que sólo a 405 presos de la totalidad de los internos de las cárceles catalanas se les aplica en la actualidad esta medida; es decir, al 6,75 por ciento de los que cumplen condena en prisiones dependientes de aquella  comunidad y que pueden optar a la tramposa “flexibilidad” establecida.

Presos, fuera

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