El Supremo avala el despido colectivo de 1.850 empleados de Novagalicia

El Supremo avala el despido colectivo de 1.850 empleados de Novagalicia

El Supremo ha declarado ajustado a derecho el despido colectivo de 1.850 trabajadores de Novagalicia Banco que ya avaló la Audiencia Nacional y contra el que habían recurrido ante el Alto Tribunal los sindicatos con representación en la empresa.

Esta medida, acordada para lograr que la entidad pudiera seguir operativa después del rescate bancario solicitado a la UE, se acordó con CCOO, UGT y Csica, la representación mayoritaria de los trabajadores (81,52%), pero fue recurrida por CIG y ASCA.

El Supremo rechaza, como decían los sindicatos, que “los despidos de los 1.850 trabajadores tuvieron como objetivo minimizar las cargas de los contribuyentes europeos”.

La financiación recibida por Novagalicia constituyó una deuda de la entidad empleadora con su único accionista, el Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB), deuda que, de un modo u otro, había de ser asumida por la empresa, considera el Supremo. Así, esta deuda con el FROB configura una causa económica que deriva, como la propia ayuda, de la mala situación de la empresa, lo cual es causa suficiente según el Estatuto de los Trabajadores para el despido colectivo, añade el Alto Tribunal.

El fallo del pleno de la Sala de lo Social del Supremo considera también que, tal y como ya señaló la Audiencia Nacional, no es cierto que no se produjera una negociación real en el proceso, dado que hubo un período de consultas suficiente que permitió rebajar los despidos de los 2.508 iniciales propuestos por la empresa a 2.250 –aunque finalmente fueron 1.850 (sobre una plantilla de 4.862)–. El despido se efectuó en el marco del rescate bancario solicitado a la Unión Europea en marzo de 2012, que derivó el 27 de noviembre de 2012 en el plan de reestructuración del banco elaborado por el FROB –que a su vez llevó a un proceso de recapitalización pública–.

El acuerdo alcanzado con la representación laboral mayoritaria contemplaba, entre otras medidas, bajas incentivadas y despidos con posibilidad de adscripción voluntaria de 30 días de indemnización por año de servicio con límite de 22 mensualidades, más una prima de acogimiento según escala en función de antigüedad.

Por su parte, la CIG consideró una “mala noticia” la decisión del Supremo. El representante de la CIG, Clodomiro Montero, dijo que “desgraciadamente en Abanca (antes Novagalicia Banco) se sigue aplicando el ERE con traslados colectivos y despidos”.

Para Luis Mariño, de CCOO, uno de los sindicatos que firmó el acuerdo, este fallo del Supremo “ratifica que la posición que teníamos en su momento no era la equivocada”.

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