El Tribunal Supremo confirma la pena de prisión de López Pintos

El Tribunal Supremo confirma la pena de prisión de López Pintos
Momento de la detención de López Pintos durante la noche del 4 de octubre de 2012 | daniel alexandre

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó esta semana la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba al antiguo secretario comarcal de la CIG, Xesús Anxo López Pintos, a seis meses y un día de prisión por la agresión a un policía durante las protestas sindicales en la campaña electoral de 2012.


De esta forma, el organismo judicial mantiene la pena de cárcel para el sindicalista, así como el pago de una indemnización de 840 euros para el agente y de las costas causadas por la intervención del mismo en el juicio, tanto en calidad de acusación particular, como de la defensa. Por tanto, el Supremo desestima el recurso de López Pintos, que solicitaba su absolución y la condena del policía, al que acusó de delitos de tortura, lesiones y contra la integridad moral –ya descartados en su momento por la Audiencia Provincial–. El Tribunal, no obstante, sí anuló la condena de pagar los gastos de defensa del agente.


Actuación sindical

Los hechos por los que se condena al sindicalista se remontan al 4 de octubre de 2012, tras la celebración del acto de inicio de la campaña del Partido Popular para las elecciones autonómicas en el hotel Almirante de Ferrol. El evento, que en un principio se iba a celebrar en la plaza de Amboage, fue trasladado al establecimiento hostelero ante la convocatoria de una protesta de los trabajadores del naval por parte de los sindicatos CCOO, CIG y UGT.


Así, según apunta el documento judicial, tras finalizar el acto –al que acudieron el entonces alcalde de Ferrol, José Manuel Rey, y el antiguo presidente de la Diputación, Diego Calvo–, los representantes políticos tuvieron que salir “encapsulados” por la Policía Nacional; mientras un grupo de agentes formaban un cordón para evitar que los manifestantes –”unos 300 o 400”, apunta el escrito– se acercasen a los mismos. 


De esta forma, el Supremo considera probado, tanto por el testimonio del policía agredido, como por el de su compañero que le asistió en la detención, el de los representantes políticos y una grabación donde se ve toda la escena, que López Pintos agarró por la camisa al agente y le golpeó en el casco. Acto seguido, el policía introdujo al sindicalista dentro del cordón y, con la ayuda de su compañero, lo redujo y lo metió en el coche patrulla.


Por otra parte, el magistrado destaca que en la sentencia de la Audiencia se señala que la versión de los hechos del acusado y su defensa –que sostenían que Pintos estaba participando en una protesta pacífica y que la Policía se “lanzó” contra este para agredirle y que, una vez reducido, le propinaron una serie de porrazos–, “no resulta creíble”.

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