La Justicia europea insta a Bulgaria a dar un DNI a la hija de dos mujeres

La Justicia europea insta a Bulgaria a dar un DNI a la hija de dos mujeres

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló ayer a favor de que Bulgaria emita un documento de identidad a una menor reconocida como hija de dos mujeres, una de ellas búlgara, casadas en España.


Según la Corte, un Estado miembro de la UE está obligado a expedir un documento de identidad o pasaporte a un menor sin necesidad de exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por tanto, reconocer el originario del país en el que se haya producido el nacimiento.


La Corte, con sede en Luxemburgo, falló así en el caso de una menor ciudadana de la UE cuyo certificado de nacimiento expedido por el Estado miembro de acogida, en este caso en España, designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, algo que Bulgaria no contempla.


En su dictamen, adoptado en formación de Gran Sala, el TJUE estableció que un Estado miembro de la UE también está obligado a reconocer el documento originario del Estado miembro de acogida o de residencia que permite a la menor ejercer, con cada una de esas dos personas, su derecho a circular y residir libremente en el territorio de la Unión.


Las dos mujeres, que figuran como madres de la menor, una búlgara y una británica, residen desde 2015 en España y contrajeron matrimonio en 2018.


Su hija nació en 2019 en España y su certificado de nacimiento, expedido por las autoridades españolas, menciona a ambas madres como progenitoras.


La madre búlgara solicitó en Sofía un documento de identidad para su hija, pero las autoridades del país no reconocieron la partida de nacimiento española como válida y exigieron que se precisase la identidad de la madre biológica, ya que el modelo en vigor en Bulgaria prevé una única casilla para la “madre” y otra casilla para el “padre”, y tan solo puede inscribirse un nombre en cada una de estas casillas.


En respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sofía, el TJUE dictaminó que las autoridades búlgaras o de cualquier otro miembro de la UE están obligadas a expedir un documento de identidad o pasaporte a un menor, con independencia del sexo de sus progenitores, sin exigir una la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales.


Y es así, continuó la corte, porque la menor también tiene la nacionalidad búlgara. 

La Justicia europea insta a Bulgaria a dar un DNI a la hija de dos mujeres

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