La vieja disputa que mantiene el Concello de Ferrol con Navantia a cuenta del pago del impuesto de bienes inmuebles –IBI– ha vuelto a decantarse del lado de la compañía pública con un nuevo auto de la Sala de lo Contencioso del Supremo en el que admite el recurso de casación presentado por el grupo naval contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia dictada el 16 de septiembre del año pasado.
La decisión que contiene el auto es firme y contra ella, sentencia el Alto Tribunal español, no cabe recurso.
El ponente, Dimitry Berberoff, apunta en la exposición de los hechos que la sentencia del TSXG infringe sentencias previas del Supremo y artículos del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Así, se refiere explícitamente a los supuestos de excepción de dicha normativa. El recurso interpuesto por Navantia plantea, por tanto, la cuestión de determinar el alcance y extensión de estos artículos de la legislación en los que se establecen las exenciones de los inmuebles cuando son propiedad del Estado pero están cedidos a una empresa con una concesión administrativa “u otro título que comprenda la posesión”. En resumen, el dictamen es un paso previo a un nuevo proceso que concluirá en la formación de jurisprudencia y que podría poner punto final a las disputas que mantienen el Concello y Navantia sobre el pago de la contribución, al menos a nivel estatal.
El Supremo considera que esta cuestión ya ha sido resuelta en las sentencias del 17 de septiembre y 2 de octubre de 2020 “en sentido coincidente al que propugna la parte recurrente”, es decir, el reconocimiento de la exención en el IBI de los inmuebles del Estado propiedad del Estado “afectos a la defensa nacional” cuando su uso está cedido a una empresa. Así, el auto asume el argumento del letrado de Navantia en el que se recuerda que “la exención no recae sobre los sujetos pasivos, sino sobre los inmuebles”.