En reciente entrevista periodística el portavoz del PP en el Parlamento autonómico, Pedro Puy, hacía balance del curso político concluido y se mostraba satisfecho del clima en que en líneas generales se habían producido los debates, muy distinto al agitado discurrir de la legislatura anterior.
Por la conversación pasaron temas de actualidad, como el nuevo modelo de financiación autonómica, la comisión de investigación sobre el accidente ferroviario de Angrois y la sucesión de Feijóo, de la que dijo no tenía lógica alguna plantearla ahora a tres años de las próximas elecciones autonómicas. Echó su cuarto a espadas sobre la continuidad del hoy presidente de la Xunta, pero poco más.
Donde ya no estuvo –me parece– muy atinado fue en lo referente al recurso sobre la ley del matrimonio homosexual que el Partido Popular presentó en su momento (2005) ante el Tribunal Constitucional, cuestión traída a colación a propósito de una controversia de última actualidad en la Cámara autonómica, cual ha sido la regulación de la maternidad subrogada.
A juicio de Pedro Puy, la sociedad española ha aceptado con una relativa tranquilidad considerar matrimonio las uniones de hecho entre parejas del mismo sexo. Y en consecuencia, el mencionado recurso –dice– ha sido superado por una realidad social que ha desbordado cualquier “disquisición terminológica, que es lo que existía en el PP cuando alegó ante el alto tribunal”.
No obstante, tengo para mí que los argumentos que sustentaron el recurso en cuestión siguen siendo perfectamente válidos y vigentes hoy día. Porque si resulta injusto tratar desigualmente lo que es igual, también lo es tratar por igual lo que es, de suyo, desigual. Y eso es tan así hoy como hace doce años.
Calificar como matrimonio otras uniones, tan respetables como ajenas a la transmisión de la vida, es un gran paso atrás en la historia de la civilización occidental. Y lo más triste es que hubiera cabido una solución razonable: la concesión de derechos y efectos civiles, pero sin la equiparación al matrimonio. Los homosexuales tendrán derecho a otras cosas. Pero el Estado no puede reconocer un derecho que no existe, como es el caso. Se dijo entonces y cabe repetirlo ahora.
Puestos a recordar habrá que hacerlo también con el hecho de que en su sentencia de 2012 el TC –entonces de inspiración socialista– declaró por mayoría que la ley cabía, sí, dentro de la Constitución, pero dejó la puerta abierta a que el legislador ordinario pudiera alumbrar otra norma, habida cuenta que la ley fundamental ni prohíbe ni impone el matrimonio homosexual como un derecho.
Lo sucedido es que el PP, con Rajoy a la cabeza, acató de inmediato el veredicto del Constitucional y no ha querido remover más tales aguas ni utilizar la opción legislativa que en sus manos estaba. Buena parte de su electorado se lo hubiera agradecido.