Rechazado el recurso del acusado del atropello mortal de Cedeira contra el auto de cuestiones previas

Rechazado el recurso del acusado del atropello mortal de Cedeira contra el auto de cuestiones previas
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso interpuesto contra el auto de pronunciamiento sobre cuestiones previas al juicio por la defensa de Maximino Caruncho, el empresario acusado de atropellar de forma intencionada a un vecino de Cedeira, Juan José García Cheda, en 2012.
En el auto emitido por la Sala de lo Civil y Penal del TSXG se rechazan todas las alegaciones formuladas por la defensa del único acusado y se ratifica el documento de cuestiones previas dictado por el presidente del Tribunal del Jurado constituido en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña para juzgar este caso, aún pendiente de señalamiento, según informó ayer el Alto Tribunal.
El constructor Maximino Caruncho está acusado de supuestamente atropellar de forma intencionada en Cedeira a García Cheda el 10 de agosto de 2012, cuando la víctima caminaba por el margen de la calzada y se dirigía a su vehículo. Por ello, la acusación pide para él 20 años de prisión, aunque el acusado asegura que el atropello fue fortuito.
El acusado estuvo en prisión preventiva hasta julio de 2014, cuando quedó libre con cargos, con la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado.

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Entre el acusado y el vecino fallecido existía una manifiesta enemistad. El constructor realizó obras en un edificio colindante a la vivienda de García Cheda, que sufrió daños, lo que derivó en numerosas procesos judiciales entre ambos.
El atestado elaborado por la Policía Local difiere en sus conclusiones del de la Guardia Civil. Los agentes municipales sostienen que no existió intencionalidad en el atropello, mientras que el informe del instituto armado apunta hacia la intencionalidad en el atropello, porque no se produjo frenada ni el vehículo paró de forma inmediata.
La mayor parte de las alegaciones presentadas por la defensa hacían referencia a la solicitud de nuevas diligencias y pruebas complementarias, que fueron rechazadas por el presidente del Tribunal de Jurado.
Así, la defensa de Maximino Caruncho consideraba que esta denegación suponía la “violación del derecho a la tutela judicial efectiva”, así como al derecho del imputado de “utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa” y al de tener un proceso “con todas las garantías”.
Sin embargo, el TSXG alega, para rechazar esta pretensión, que la finalidad de las diligencias que se deben practicar en fase de instrucción en un juicio con jurado “buscan permitir o no la apertura de juicio oral”, por lo que están limitadas a las imprescindibles para tomar esta decisión.

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