La acusación rechaza que el atropello mortal de Cedeira sea juzgado por un jurado popular

La acusación rechaza que el atropello mortal de Cedeira sea juzgado por un jurado popular
Estatua puerto de Cedeira

El abogado José Luis Gutiérrez Aranguren, que ejerce la acusación particular en representación de la familia del fallecido en atropello en Cedeira el 10 de agosto de 2012, sostiene que el principal delito que se imputa a Maximino Caruncho Pérez es contra la Administración de Justicia, de ahí que el caso tenga que ser juzgado por magistrados y no por un jurado popular como solicita la defensa. Este es uno de los argumentos que utiliza la acusación, al igual que la Fiscalía, en el escrito de respuesta a las nuevas cuestiones procesales planteadas por la defensa, que también incide en el derecho a un juicio con todas las garantías, por entender que la Sección Segunda de la Audiencia, a la que compete este asunto, está contaminada.
En la actualidad, el proceso se encuentra a la espera de que el abogado de Maximino Caruncho –en prisión provisional desde que atropelló al también vecino de Cedeira Juan José García Cheda– presente el escrito de defensa, después de que tanto la acusación particular como la Fiscalía ya hubiesen formulado las calificaciones provisionales, en las que le imputan un delito de asesinato y otro contra la Administración de Justicia, por los que interesan penas de 24 y 21 años en total, respectivamente.
Para ese trámite contaba con un plazo de tres días, pero, en lugar del escrito de defensa, solicitó una nueva cuestión procesal. En ella plantea la declinación de jurisdicción, por entender que el acusado tendrá que ser juzgado por la Ley del Jurado y no por los magistrados de la Audiencia. También defiende el derecho de Maximino Caruncho a un juicio con todas las garantías, ya que sostiene que la Sala de la Audiencia está contaminada por haber  participado en la tramitación de la causa.
La respuesta a estas pretensiones fue cumplimentada el pasado miércoles por el letrado de la acusación particular, en el sentido de rechazarlas de plano, bajo el argumento, por una parte, de que hay doctrina del Tribunal Supremo muy asentada en la que se recoge que el que prima es el delito de principal, aunque no sea el más grave. En este caso, tanto para la acusación particular como para la Fiscalía, el delito que desencadena todo es contra la Administración de Justicia, ya que se sostiene que los pleitos judiciales existentes entre el acusado y la víctima son los que dan como resultado el asesinato.
La acusación particular plantea, asimismo, que esta nueva cuestión procesal es extemporánea, ya que el plazo es de tres días y han pasado dos semanas.  
En cuanto a la alegada contaminación de la Sala argumenta que todos los tribunales dictan autos y eso no supone prejuzgar, precisando que, en todo caso, estaría dispuesta a que el jurado profesional sea integrado por otros magistrados. n

La acusación rechaza que el atropello mortal de Cedeira sea juzgado por un jurado popular

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