La Audiencia confirma la condena de un hostelero por agredir a su expareja

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña acaba de desestimar el recurso de apelación interpuesto por un hostelero de Ferrol condenado por un delito de lesiones leves sobre la mujer a la pena de nueve meses y un día de prisión. Se trata del dueño del café bar Miami, M.A.L.L., que está en prisión preventiva desde que el pasado 28 de enero fue detenido por la Policía Local de Ferrol al ser sorprendido agrediendo a su expareja, que trabajaba como camarera en su negocio.
La sentencia de la jueza de lo Penal 1 de Ferrol, ahora confirmada por la Audiencia coruñesa, había sido recurrido por el condenado, que alegaba un supuesto error en la apreciación de la prueba, referido al hecho de si agresor y víctima tenían relación de pareja.
Los dos lo habían negado en el juicio, incluso la víctima, asegurando que solo tenían relaciones sexuales esporádicas, pero la jueza ferrolana no lo entendía así y la Audiencia le da ahora la razón. En esta línea, en el presente fallo se recoge que, independiente de como perciban la relación los integrantes de una pareja, lo decisivo es que exista un cierto grado de estabilidad, aun cuando no hay fidelidad ni se conjuguen expectativas de futuro, añadiendo que la brevedad temporal de la relación no impide su estimación, como tampoco la falta de una comunidad de bienes o una vida en común absolutamente consolidada.
La Audiencia señala, asimismo, que ya en el parte médico inicial la paciente habla de “su jefe y su expareja”, dato que también figura en el atestado policial. Añade que el maltrato inferido por el acusado es inseparable de la relación afectiva que unía a los dos.
Por todo ello, considera que la sentencia de la jueza de lo Penal ferrolana es correcta al sentar la conclusión de culpabilidad ligada a la violencia de género y al haber apreciado también la circunstancia agravante de reincidencia, por la amplia trayectoria criminal que le consta al condenado.

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