La Fiscalía amplía a 338 años de cárcel la pena al falso médico Coté

La Fiscalía amplía a 338 años de cárcel la pena al falso médico Coté
El falso médico José Manuel López Pérez en el banquillo de la Audiencia Provincial de A Coruña | efe

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña acogió ayer la primera sesión del macrojuicio contra el falso médico ferrolano José Manuel López Pérez, alias Coté, y su esposa, Susana Rodríguez Gómez.

Al encausado se le imputan delitos de intrusismo profesional, falsedad, homicidio por imprudencia, lesiones –con y sin deformación– y estafa. Precisamente en referencia a este último, la Fiscalía ha ampliado en cuatro el total de años de prisión solicitados –pasando de agravada a hiperagravada–, elevando estos a 338 –en la anterior vista se valoró, además, que en caso de ser absuelto por este delito le fuese imputado otro contra la Hacienda Pública, sumando cuatro años de cárcel y una multa de 3,6 millones de euros–. Su esposa, por su parte, se enfrenta a una pena de cuatro años de cárcel y una multa superior a los ocho millones de euros por blanqueo de capitales.

Además, el fiscal también solicitó la ampliación de la actividad delictiva del reo a diez años antes de su detención –en la actualidad es de cinco–, lo que supondría el embargo de todas sus propiedades desde el año 1998.

 

Presunción de inocencia

La sesión de ayer, la primera de un juicio que se espera que se alargue, como mínimo, hasta el primer trimestre del próximo año, estuvo dedicado a las cuestiones previas –los dos acusados declararán los próximos días 17 y 18–.

Así, el abogado de la defensa alegó que en el anterior proceso se había “vulnerado” el derecho a la presunción de inocencia de Coté, reclamando con ello que se anulase el auto del juez instructor, dado que este se basaba en escuchas telefónicas que considera “ilícitas”. Las grabaciones, del año 2007, quebrantaban “el derecho de comunicaciones” del acusado, argumentó el letrado, asegurando que las pruebas que motivaron las escuchas no cumplían “los requisitos de motivación, proporcionalidad y excepcionalidad”, dado que no existió una “investigación judicial previa”, sino que se trataba de un “juicio de culpabilidad” basado en noticias de prensa

El abogado de la defensa, además, argumentó que los delitos de intrusismo y estafa no eran “graves”, lo que no supone una “necesidad imperiosa” y, por ello, “no se justifica la necesidad de intervención de las comunicaciones”. Del mismo modo, el letrado aseveró que el reo tenía sus “antecedentes cancelados” por dos juicios sobreseídos en años anteriores y que en el momento de la investigación “no estaba realizando ninguna actividad ilícita”.

Por último, la defensa puso en duda que hubiesen “riesgos graves para la salud”, como indica el auto, dado que por aquel entonces no había denuncias, sentenciando así que, para justificar las escuchas primero habría que “consultar a los pacientes”.

La Fiscalía amplía a 338 años de cárcel la pena al falso médico Coté

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