El Tribunal de Justicia de la UE se pronunciará el día 9 sobre la exención del IBI de Navantia

El Tribunal de Justicia de la UE se pronunciará el día 9 sobre la exención del IBI de Navantia
Navantia Ferrol

El próximo día 9, a las 9.30 horas, es la fecha fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para dar lectura a la sentencia sobre el pleito de Navantia y el Ministerio de Defensa contra el Concello de Ferrol por el cobro del IBI de los terrenos en los que se asienta el astillero.
Se trata de una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de la UE en abril de 2013 por el que entonces era juez de lo Contencioso Administrativo de Ferrol, Cristóbal Pintado González, a raíz de un recurso contra la denegación por silencio administrativo de la solicitud de exención en materia del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente a la parcela en la que se asiente Navantia, y también contra una resolución dictada por el concejal de Hacienda por la que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra  la liquidación del citado impuesto del ejercicio 2010.
La demanda en cuestión, en la que se solicitaba la exención del IBI, fue admitida a trámite en junio de 2011 y el Concello de Ferrol se personó como parte demandada. Con posterioridad, en noviembre de 2011, Navantia amplió la reclamación solicitando también la exención de los ejercicios siguientes a 2010.
El abogado del Estado, en representación del Ministerio de Defensa, se personó en el procedimiento con las mismas pretensiones que la factoría naval.
En los razonamientos juridicos del presente auto, el juez explica que la presente cuestión prejudicial tiene por objeto la compatibilidad con el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) de una exención fiscal de la que se beneficia una empresa privada.
Añade que Navantia es una empresa privada cuyo capital pertence íntegramente al Estado español a través de la Sociedad de Participaciones Industriales, precisando que la actividad del astillero se centra en su mayor parte en la construcción y mantenimiento de buques militares para el Estado español y otros extranjeros, comuntarios y extracomunitarios. Puntualiza que, no obstante, también realiza actividades de fabricación, reparación y mantenimiento en el ámbito privado, fundamentalmente en el sector naval y energético.
En lo que se refiere a la factoría de Ferrol, la actividad se desarrolla en un bien inmueble con una superficie de 932.348 metros cuadrados, situado en una parcela que fue cedida en uso por el Estado a Navantia en virtud de un convenio del año 2001, por importe de un euro anual.
El Concello de Ferrol liquida cada año el IBI con una cuota tributaria que en el caso del ejercicio de 2010 asciende a la sima de 590.308,77 euros.
El juez sostiene que, dada la fórmula de cesión de uso escogida entre el Estado y Navantia, el sujeto pasivo del impuesto es el Estado, aunque este repercute en el astillero su importe en virtud del convenio antes citado, por lo que, en definitiva, es la factoría la que ha de soportar el coste final del impuesto y quien finalmente se beneficia de la exención que pudiera establecerse sobre dicha parcela.
Aclara, asimismo, que el Concello sí percibió el año de los ejercicios 2007 y anteriores, y que en 2008 el Estado y Navantia solicitaron la exención, que les fue denegada por el Concello e impugnada ante los tribunales.
A este respecto, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revocó una sentencia del Juzgado de lo Contencioso y declaró que había lugar al reconocomiento de la exención fiscal.
Para el juez, dicha exención puede implicar la concesión a Navantia de una ayuda estatal contraria al artículo 107 del TFUE, por suponer una ayuda otorgada mediante fondos públicos a una empresa privada perteneciente al Estado que falsea o amenaza falsear la competencia. Añade que el Estado en ningún momento ha enajenado los terrenos cedidos a Navantia.

El Tribunal de Justicia de la UE se pronunciará el día 9 sobre la exención del IBI de Navantia

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