El TXSG condena a la Universidade da Coruña a indemnizar y readmitir a dos técnicas del SAEE de Ferrol

El TXSG condena a la Universidade da Coruña a indemnizar y readmitir a dos técnicas del SAEE de Ferrol
campus edificio vicerrectorado

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de declarar la nulidad de los despidos de dos técnicas de orientación laboral que trabajaban desde 1998 y 2004,  respectivamente, para la Universidade da Coruña y, en consecuencia, condena a esta última a readmitirlas de inmediato. En la sentencia se establece, asimismo, que la Universidade tendrá que abonarles los salarios que dejaron de percibir desde que se les rescindieron los contratos, así como una indemnización de 3.000 euros a cada una de ellas, en concepto de daños y perjuicios.
El presente fallo es consecuencia de los recursos de suplicación interpuestos tanto por las trabajadoras –fue estimado en su integridad– como por la parte demandante –el TSXG lo desestimó integramente– a raíz de una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol que declaraba la improcedencia de los despidos y le daba la opción a la Universidade da Coruña de readmitirlas o indemnizarlas.
Las dos demandantes están en posesión del título de Licenciadas en Filosofía y Ciencias de la Educación y prestaron sus servicios para la Universidade da Coruña a través de contratos por obra o servicio en la puesta en marcha de una oficina, en Ferrol o A Coruña, dependiente del Servizo Galego de Colocación entre noviembre de 1998 y marzo de 1999, inicialmente, y después  –desde 2000 hasta diciembre de 2011– en un sistema de orientación laboral basado en acciones de información, orientación y asesoramiento para el autoempleo, a través de subvenciones de la Consellería de Familia.
En la sentencia del TSXG se recoge la existencia de indicios  –sospecha racional– de una represalia por parte de la Universidade, ya que la extinción de los contratos les fue notificada en diciembre de 2011, con efectos de 31 de enero de 2012, y ellas habían presentado meses antes, concretamente en septiembre de 2011, una reclamación judicial solicitando que sus contratos fueran indefinidos.
Se indica, asimismo, que la propia lógica de la relación laboral existente entre las partes litigantes conduce a pensar que, mientras se mantuviesen las subvenciones públicas a favor de la Universidad, las trabajadoras demandantes seguirían siendo contratadas. El TSXG añade que “si no lo han sido precisamente cuando han reclamado la indefinición de su relación laboral, a pesar de que todo indica que las subvenciones se siguen manteniendo, es porque, como le ha ocurrido a otra trabajadora en una situación laboral semejante, han sido objeto de una represalia o una retorsión contraria al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado en la Constitución Española”. Por último, concluye que en el caso de autos, la cláusula de temporalidad no se encontraba justificada, dado que las subvenciones de la Xunta dirigidas a sufragar la función de orientación laboral se extienden en el tiempo.

El TXSG condena a la Universidade da Coruña a indemnizar y readmitir a dos técnicas del SAEE de Ferrol

Te puede interesar