Asime informa a sus asociados sobre el registro de la jornada laboral

Asime informa a sus asociados sobre el registro de la jornada laboral
Un momento de la sesión informativa de Asime

La Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia (Asime) celebró ayer, en su sede de Ferrol, una jornada sobre la jurisprudencia reciente en materia de Registro de la Jornada ordinaria.


El Supremo ha corregido el criterio de la Audiencia Nacional en relación con el registro de la jornada diaria de los trabajadores, al considerar que existe la obligación legal de registrar y comunicar la realización de las horas extraordinarias, pero no respecto del tiempo de trabajo ordinario en el contrato a tiempo completo.


Asime informó de los distintos cambios interpretativos en esta materia relativa al artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, y en esta ocasión contó con la intervención de Roberto Vázquez Cid, responsable del área laboral en el bufete Cuatrecasas, que explicó los aspectos clave de la sentencia y realizó una exposición de posibles opciones para las empresas afectadas en este escenario.


Vázquez Cid recordó que, si bien el Supremo manifiesta la no obligatoriedad del registro de la jornada laboral, la obligación de registro de horas extraordinarias y su comunicación a los trabajadores y a su representación legal permanece, por lo que la empresa debe seguir realizando este último registro. Asimismo, recordó la obligatoriedad de registro de la jornada laboral ordinaria en el contrato a tiempo parcial.


El responsable del área de laboral de Cuatrecasas en Galicia, informó sobre la publicación de la sentencia del Supremo en el asunto de Abanca, en la que se pronuncia en los mismos términos que la sentencia analizada y a partir de la cual este criterio del Supremo sienta jurisprudencia.
Abordó aspectos sobre los que la sentencia del Supremo no da una respuesta clara, como si existe la obligación o no de registrar y comunicar la no realización de horas extraordinarias o si es precisa la comunicación y registro de horas extraordinarias que se compensan por horas de descanso, si bien, ante la duda, recomendó su comunicación.


Por último, hizo una serie de recomendaciones sobre las posibles vías de reclamación. l

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