La Audiencia Provincial inhabilita a la exedil del BNG de Fene que paralizó la moción del censura en 2017

La Audiencia Provincial inhabilita a la exedil del BNG de Fene que paralizó la moción del censura en 2017
Mariela Aguilar, a la izquierda, junto a la edil del PP, Rocío Bértoa, durante el mencionado pleno | Jorge Meis

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha inhabilitado durante un período de diez años para empleo o cargo público a la exconcejala del BNG en el Concello de Fene, Mariela Aguilar, que en el año 2017 decidió suspender un pleno en el que se iba a debatir una moción de censura presentada por el PP y Somos Fene contra el gobierno local del BNG.


El tribunal, que la considera responsable de un delito de prevaricación administrativa, relata en la sentencia que la acusada, en su condición de edil de mayor edad, presidía el pleno del Concello y a pesar de haber sido informada por la secretaria de que se estaban cumpliendo los requisitos legales y de tener conocimiento de que había resoluciones judiciales que avalaban su celebración, decidió, “de manera unilateral y abusando de su posición, sin contar con el criterio de la otra concejala integrante de la mesa”, del Partido Popular, que la moción había dejado de reunir los requisitos legales y suspendió el pleno, evitando el debate y la moción de censura.


Los magistrados indican que la decisión que adoptó “no puede ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable”, al tiempo que advierten que es “evidente” que no puede prevalecer un escrito de un partido municipal cuando se habían dictado varias resoluciones judiciales que pretendía contravenir.


Así, concluyen que la resolución fue dictada “con la finalidad de hacer efectiva su particular voluntad y con el conocimiento de actuar en contra del derecho”.


Con conocimiento

En la sentencia se asegura que tanto la prueba documental como las declaraciones de la acusada y de los testigos avalan que “no estamos ante una mera irregularidad, sino ante una actuación dolosa, realizada con plena conciencia y voluntad de alterar el procedimiento electoral”.


La encausada, según subraya el tribunal, impidió la celebración del pleno “en beneficio del integrante de su mismo grupo municipal y con evidente perjuicio para los demás concejales que habían firmado esa moción”. Los jueces aseguran en la resolución que la ilegalidad cometida por la entonces concejala es “clara y patente”.

La Audiencia Provincial inhabilita a la exedil del BNG de Fene que paralizó la moción del censura en 2017

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