El debate sobre la obligatoriedad de las vacunas, otra vez sobre la mesa

El debate sobre la obligatoriedad de las vacunas, otra vez sobre la mesa
Dos sanitarias sostienen una dosis de la vacuna rusa Sptunik V | j. méndez (efe)

Hace once años un juez autorizó, a petición de la Junta de Andalucía, la vacunación forzosa de 35 escolares para frenar un brote de sarampión en Granada. Ahora, en plena búsqueda de la inmunización contra el Covid-19, una ley gallega ha abierto el debate sobre la posibilidad de imponer esta medida mediante multas.


La idea no es nueva. En Alemania, por ejemplo, el Bundestag aprobó en 2019 multas de hasta 2.500 euros para los padres que no vacunen contra el sarampión a los menores y trabajadores de centros educativos y de acogida de refugiados tras la aparición de varios brotes en colegios.


En Granada la situación fue distinta. Fue un juez quien ordenó en 2010 la vacunación de una treintena de alumnos para atajar un brote epidémico de sarampión en un colegio, y lo hizo a petición del Gobierno regional, en una decisión que causó gran revuelo en el centro y que cuestionó una minoría de progenitores de los alumnos.


El debate sobre una eventual vacunación forzosa se ha avivado con la aprobación esta semana de la reforma de la Ley de Salud Gallega de 2008, que establece un marco legal con multas de 1.000 a 600.000 euros para una serie de infracciones en materia de salud pública, entre ellas la “negativa injustificada” a la vacunación, en el caso de que ésta sea declarada obligatoria.


Se trata, explican algunos expertos constitucionalistas, de “preparar el terreno por si en un futuro se decide que sea obligatoria” a través de una norma que intenta suplir la “ambigüedad” y “parquedad” de la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, de 1986.


La norma ha despertado rápidamente los recelos de la oposición en el Parlamento gallego, pero también del Gobierno, que ha pedido “prudencia” a la espera de los informes jurídicos para ver si podría “suponer una limitación de los derechos fundamentales” y, en ese caso, debería haberse regulado a través de una ley orgánica a nivel nacional.


A la espera de saber si el Ejecutivo recurre la norma ante el Tribunal Constitucional, ya hay algún dirigente autonómico que se ha pronunciado al respecto; el vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, considera que sancionar el rechazo a vacunarse no “es una medida descartable”, aunque no se plantea implantarlo dado el alto grado de aceptación de la vacunación en la Comunidad.


Competencias

Independientemente de la oportunidad o no del debate político, los juristas consultados no tienen tantas dudas sobre el fondo de la ley, sino sobre “quién lo regula”, es decir si Galicia podría estar invadiendo competencias del Estado, un asunto que, apuntan algunos, sería bueno que aclarase el Tribunal Constitucional.


Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Valencia, admite que “no es 100% seguro” que el Parlamento gallego no pueda regular esto, si bien él “no diría radicalmente que sea constitucional”, y cree que, aunque “no es el camino”, Galicia ha intentado cubrir un “hueco” creado por una la ley estatal de 1986 que se ha demostrado insuficiente.


Más tajante es el presidente de la asociación Juristas de la Salud, David Larios, quien, aunque entiende que esta ley, a día de hoy, “no tiene efectos prácticos” porque no obliga a la vacunación, subraya que, llegado el caso, una comunidad no podría establecer dicha obligación porque sería competencia del Estado al afectar a derechos fundamentales. 

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