índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) podría considerarse una cláusula abusiva por su falta de transparencia, a juicio del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es importante saber que la opinión del juez europeo no es vinculante y que hasta los primeros meses del próximo año no habrá una decisión definitiva. Lo que sí marca, sin duda, es un precedente, y de hecho, los jueces suelen pronunciarse siguiendo la doctrina del Tribunal Europeo. Hay que señalar, sin embargo, que en 2017 el Tribunal Supremo de España ya se pronunció sobre este asunto y opinó que el IRPH no era ni opaco ni abusivo y que estaba avalado por el Banco de España.
Nada más conocerse la noticia, la banca sufría una fuerte bajada en la bolsa. Algunos valores registraron caídas de hasta el 3%. Hay que tener en cuenta que las entidades contarían con cerca de 20.000 millones de euros de crédito vivo con este índice de referencia ahora cuestionado por el abogado general del Tribunal de la Unión Europea. El IRPH es un índice propio del sector financiero español y se calcula en base a una media de los préstamos a tres años concedidos por bancos, las antiguas cajas de ahorro y demás entidades financieras y se utilizó mucho entre los años 2005 y 2009, como alternativa a un Euribor que no dejaba de subir.
Algunos analistas calculan que, si finalmente es declarado nulo y la justicia española falla en consonancia, la banca se juega entre 7.000 y 45.000 millones de euros en la estimación más negativa. Hay que tener en cuenta que según cálculos de asociaciones de consumidores más de un millón de españoles tendrían ese índice de referencia en sus hipotecas y que de media podrían recuperar unos 25.000 euros por cabeza. Para llegar a estas conclusiones, habrá en todo caso que esperar a la decisión definitiva del Tribunal Europeo y después caso por caso, la decisión de la justicia española.