Cuando habla el nacionalismo radical

a pretensión del referéndum del 1 de octubre en Cataluña, al margen de la Constitución,  vuelve de nuevo a plantear en el candelero la cuestión de la autodeterminación.
 Ciertamente, las palabras cobran sentido por el contexto en que se pronuncian, por quien las emplea, por el discurso en el que se incluyen, y quien no sea ingenuo de más, sabe que debe tomar cuenta no sólo el sentido académico de las palabras, al que podemos acceder por el diccionario. Y si eso es así con cualquier palabra, mucho más con las que tienen significado político como “autodeterminación”, termino, como veremos, utilizado en contextos de colonización a de falta de libertades hoy, afortunadamente, superados. Al menos, en la España del siglo XXI.
Cuando es un nacionalista radical quien habla de autodeterminación lo más común es que tenga en su horizonte la independencia. Es decir, lo más común es que esté hablando de dar un paso que haga posible la constitución independiente y separada de un Estado que coincida justa y exclusivamente con la propia nación. Justo lo que se está planteando en Cataluña en estos días. Cuando los nacionalistas hablan de autodeterminación e insisten en que de lo que se trata es de configurar el Estado de otra manera, se olvidan, según mi opinión, de varias cosas.
La primera es que el Estado, España, sólo se puede configurar como quiera el pueblo español, el conjunto de los pueblos de España, ya que un cambio en la estructura del Estado supone un cambio constitucional. Esta simple consideración pone en su dimensión auténtica los objetivos de los nacionalistas. No porque una parte desee una modificación esencial de las reglas de juego, éstas deban cambiarse. Recientemente, el Tribunal Supremo de Canadá lo señaló con meridiana claridad al exigir la participación del resto del país ante una eventual propuesta segregacionista.  La segunda es que, supuesta otra organización del Estado, con la reivindicación del derecho de autodeterminación lo que se quiere dejar siempre a salvo es el derecho de secesión o de separación.
La tercera, que el derecho de autodeterminación sólo es aplicable, según la opinión más común y asentada, a los pueblos que ven negados sus derechos políticos, de parte de un Estado opresor.

Cuando habla el nacionalismo radical

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