Prohibir los despidos

el gobierno hizo caso a los sindicatos, ambos nerviosos porque en su incapacidad e inexperiencia no supieron prever las cifras del paro, y publica el RDL 9/2020. Había ocurrido lo esperado los empresarios ante la incertidumbre de la situación de crisis larga que se avecina, con la inseguridad que les ofrece este gobierno, la confusa redacción de las suspensiones de contratos recogidas en el RDL 8/2020, las amenazas de sanciones y con la obligación de mantener el empleo seis meses  desde la reanudación de la actividad, sin saber lo que puede ocurrir en el futuro, decidieron proceder a despedir personal indemnizándolos. Pensemos en el turismo ¿volverán los turistas a medio plazo a España?
El RDL suspende en realidad las indemnizaciones de 20 días/año, con limitación a 12 mensualidades, en las extinciones por causas objetivas y los despidos colectivos, derivados del Covid-19, que de hacerlos serán improcedentes, indemnización de 45 días/año y 33 desde 12-2-12. 
Quedan por lo tanto incólumes los demás despidos por causas objetivas (por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas  no derivadas del Covid-19; ineptitud sobrevenida; y no adaptación a las modificaciones técnicas) y por supuesto los disciplinarios. 
Podían haber aprovechado para suspender o modular los incumplimientos empresariales por esas causas (impago o retraso en el pago de salarios, incumplimientos graves pero en situación tan extraordinaria), para evitar las extinciones indemnizadas como despido improcedente que recordemos es la máxima indemnización. 
No sé si la suspensión de la duración de los contratos de duración determinada y los formativos, será buena por la situación económica que nos espera, teniendo que permanecer las empresas con esos contratos más tiempo ante esa situación imprevista acaecida. Tal vez los retraiga de realizarlos durante un tiempo.
También podían aprovechar para resolver telemáticamente las conciliaciones por temas perentorios (despidos, resoluciones de contratos en el que trabajador tiene que permanecer en la empresa) ya que el SMAC está cerrado y se están acumulando. 
De esa forma se podrían solucionar por acuerdos y no colapsar a los ya excesivamente saturados juzgados de lo social, que será espantosa con las demandas  que les esperan. 
Y se vuelven a olvidar de los autónomos, a los que siguen sin escuchar en sus justas reivindicaciones. 


* Ricardo López Mosteiro es doctor en Derecho, profesor titular de la Universidad A Coruña y abogado

Prohibir los despidos

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