El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por Juan Fraga Allegue en el que pedía la anulación de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que lo consideraba culpable del asesinato de su esposa, Caridad Perez, ocurrida el 29 de diciembre del 2015 en O Couto, y confirma la pena de 20 años de prisión, además de obligarle a pagar las costas de la casación.
De este modo, al Supremo da la razón al alto tribunal gallego en su sentencia y refrenda lo llevado a cabo contra al autor del crimen, que ya había sido juzgado en otro proceso que se ordenó repetir por defecto de forma.
Según el Supremo, el Tribunal del jurado apreció la concurrencia de la agravante de parentesco, y, además de que la consideró de especial significado al integrar el hecho dentro del ámbito de la violencia de género, tuvo en cuenta las “notas muy singulares de brutalidad y ruindad” que caracterizaban el hecho y que, a su juicio, exigían la agravación de la respuesta punitiva. Apreció además la atenuante de anomalía psíquica leve, sobre la base de la ludopatía que presentaba el acusado.
Por lo tanto, la pena impuesta ha sido motivada de forma expresa, y no sobre la base de la gravedad del delito, sino en la gravedad del hecho concreto enjuiciado.
La acusación particular durante el juicio estuvo en manos de la abogada Ana Pernas Vilasuso y el procurador Manuel Perez, que representan al hijo del acusado, y que defendieron la condena en contra de la casación.