El fiscal pone en duda que la Junta Electoral pueda retirar a Torra su acta

El fiscal pone en duda que la Junta  Electoral pueda retirar a Torra su acta
06 enero 2020 página 7 El presidente de la Generalitat, Quim Torra, durante el pleno extraordinario en el Parlament de Catalunya tras la decisión de la Junta Electoral a 4 de enero de 2020 04 enero 2020 Pau Venteo / Europa Press 04/01/2020

La Fiscalía del Tribunal Supremo dio a conocer ayer un informe en el que afirma que la competencia para retirar la credencial de diputado al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, la tiene el Parlament de Cataluña y no la Junta Electoral Central (JEC). Por ello, no se opone a la petición realizada por la defensa de Torra para que el acuerdo del órgano electoral del pasado 3 de enero quede en suspenso hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo de este asunto.

La Fiscalía entra en el fondo de este asunto, pese a que el escrito presentado ayer le fue solicitado para que se pronunciara únicamente sobre la medida cautelar de suspensión. El documento de 21 páginas, y firmado por el fiscal Pedro Crespo, afirma que, “en orden a la prudente y equilibrada preservación” de los intereses en conflicto, se considera “asumible” la petición de Torra hasta que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS resuelva si la decisión de la JEC es conforme o no a derecho.

En plena legislatura
Según explica el fiscal en este informe, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General “no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central facultades o competencia alguna para: anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato y declarar vacantes sus escaños”.

Asimismo, indica que entre las causas de incompatibilidad recogidas en la Loreg no se encuentra la aplicada por la JEC el 3 de enero, que le declaró inelegible de forma sobrevenida en cumplimiento de la condena por desobediencia que le impuso el Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en diciembre, por no retirar los lazos amarillos de la sede de Generalitat en periodo electoral.

Para la Fiscalía, la apreciación de esas causas de inelegibilidad o incompatibilidad correspondería al órgano “en el que ejerce su función de representación política el interesado”, es decir en el Parlamento de Cataluña en este caso. Añade en todo caso que “la inelegibilidad como tal no tiene sentido cuando el candidato ya ha sido elegido”.

“Hay que sumar a todo ello”, dice la Fiscalía, que la JEC “nunca” había decidido privar de su escaño a un parlamentario –ni de ámbito autonómico ni estatal– que ya se hallase en el pleno ejercicio de su mandato, aspecto que también pusieron de relieve tanto Torra como los vocales de la JEC discrepantes. 

Suspensión cautelarísima
El Ministerio Público emitió este informe después de que la Sala diera un plazo de cinco días a las partes para informar sobre si procede suspender de forma cautelar la decisión de la JEC o no. Este trámite se inició después de que los magistrados rechazaran el pasado 10 de enero suspender de forma cautelarísima el acuerdo impugnado al no apreciar motivos de urgencia para ello.

El presidente de la Generalitat alega que se tiene que suspender la decisión de la JEC hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo del asunto porque su ejecución puede ocasionarle “perjuicios de imposible reparación, incluida la vulneración de derechos fundamentales”.

El escrito del Ministerio Público afirma que “comparte sin reservas” el criterio de la Sala sobre la medida cautelarísima, ya que el tiempo en el que se escucha a las partes no se preveía una “frustración irreversible del fin legítimo del recurso”.

Sin embargo, coincide con la tesis de la defensa de Torra y destaca que “al margen de la innecesaria retórica descalificatoria” del escrito del president, lo cierto es que las alegaciones “responden objetivamente a la realidad”.

La Fiscalía del Supremo expone por último que la decisión que adopte la Sala es de “interés público” porque sus consecuencias “no pueden desvincularse” del funcionamiento del Parlamento catalán. En este sentido, subraya que de no aceptar la petición de Torra, su mandato “podría verse notablemente recortado o incluso desvirtuado por completo”.

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