Nuevas sentencias condenan a NCG a devolver lo invertido en preferentes

Nuevas sentencias condenan a NCG a devolver lo invertido en preferentes
afectados por las preferentes delante de la oficina de Novagalicia Banco de la calle Real

Los juzgados ferrolanos han dictado dos nuevas sentencias que declaran nulos los contratos de preferentes y de deuda subordinada emitidos por NCG, que deberá devolver a los demandantes la cantidad inicial y los intereses generados (descontado lo que ya cobraron con la operación de canje). En ambos casos fueron defendidos por el letrado Javier Pastor Díaz Mosquera, del despacho Alvariño, Díaz Mosquera y González-Llanos.
La primera sentencia, dictada por la magistrada Elvira Méndez, del Juzgado de Primera Instancia número 2, declara la nulidad de un contrado de obligaciones subordinadas suscrito en marzo de 2004 por una cuantía de 12.000 euros, y otro de participaciones preferentes de septiembre de 2009 por una cantidad de 22.000 euros. La jueza incluye referencias de diferentes catedráticos y de la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores que califican las preferentes como un “instrumento complejo y de riesgo elevado” con un nombre que es “un despropósito legal porque es una denominación engañosa por sí misma e inductora a confusión”.
La jueza explica que “los demandantes no tenían el perfil adecuado para este tipo de productos y a la entidad demandada le constaba perfectamente” y afirma “que si no todos, al menos algunos de los empleados de la entidad demandada no eran plenamente conscientes (...) de la complejidad y el riesgo inherente a los produtos que estaban comercializando”.
La segunda sentencia, del magistrado Tudela Gerrero, del Juzgado de Primera Instancia número 4, también declara nula la adquisición de participaciones preferentes de Caixa Galicia por importe de 30.000 euros, que deberán reintegrarse, con los intereses generados hasta ese día, excepto los que ya se hayan pagado y los ingresos del canje. Se les ofrecieron a un electricista jubilado y a su mujer, ama de casa.
Afirma en su auto que “se ha vulnerado el derecho a recibir una información precontractual completa, leal y desinteresada”  y añade que “resulta evidente que la entidad financiera convirtió a un depositante a plazo (...) en inversor en un producto de riesgo”. n

Nuevas sentencias condenan a NCG a devolver lo invertido en preferentes

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