El Gobierno comunicó a la familia Franco su intención de trasladar en helicóptero el féretro con los restos del dictador desde el Valle de los Caídos hasta el cementerio de Mingorrubio en El Pardo (Madrid).
Fuentes de la familia confirmaron que la propuesta del Gobierno tuvo lugar esta semana en una reunión que mantuvieron el abogado de la familia Franco, Luis Felipe Utrera Molina, con representantes del Ejecutivo.
El Gobierno acordó el pasado 11 de octubre en Consejo de Ministros que la exhumación de Franco se producirá antes del 25 de octubre y que comunicaría a la familia la fecha exacta 48 horas antes por si desean acudir.
Honores militares
La Fundación Francisco Franco recurrió al Supremo la suspensión de dicho acuerdo, al considerar que un gobierno en funciones no puede adoptar ese tipo de decisiones y que los tribunales de justicia deben pronunciarse también sobre él como hicieron sobre el decreto de exhumación.
Paralelamente, la Fundación presentó otro escrito de alegaciones ante el Gobierno en el que reitera la petición de la familia de que la exhumación de Franco se haga siguiendo las ordenanzas de honores militares, que el féretro sea cubierto con la bandera nacional durante el traslado e inhumación y transportado a hombros de sus familiares y allegados.
Además, piden la suspensión con “especial urgencia” del acuerdo del Gobierno de exhumar al dictador antes del día 25 para que no quede si efecto el recurso que presentaron contra el mismo.
Así lo solicita esta organización en un escrito que presentó ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal en el que plantea la posibilidad de acudir a la vía especial de urgencia utilizando el mecanismo cautelar previsto en el artículo 135 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Para el caso de que el Supremo no acoja esta solicitud, la Fundación reclama que “se tenga en cuenta la fecha del 21 de octubre a los efectos de poder disponer de la resolución que el tribunal estime procedente dictar”.
La Fundación Francisco Franco interpuso el lunes pasado recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consejo de Ministros en el que solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecución del acuerdo mientras resuelve el recurso.
En su escrito recuerda que el tribunal lo admitió a trámite al día siguiente y concedió audiencia a la Abogacía del Estado por un plazo de tres días sobre la suspensión interesada.
Añade que “la Sala ha utilizado el cauce previsto en el artículo 131 de la ley y, conocedora de la urgencia que demanda dar respuesta a lo pretendido, dada la cronología de los hechos que van a sucederse, concedió audiencia al abogado del Estado por término de tres días del máximo de diez previsto en la misma”.
Sin embargo, para la Fundación “ello no elimina la posibilidad de que cuando se dicte resolución judicial, dentro de los cinco días siguientes al de finalización de la audiencia concedida, la Administración haya desplegado toda la actividad que con la solicitud de la medida cautelar se intenta paralizar”.
Y considera que a estos efectos “hay que tomar como referencia la fecha de ejecución divulgada por la propia Administración, esto es el día 21 de octubre”.
Por ello plantea la posibilidad de acudir a la vía de “especial urgencia utilizando el mecanismo cautelar previsto en el artículo 135 de la ley”.