Derecho y globalización (II)

En el marco de estas “uniones internacionales” se producía una suerte de cooperación interestatal o intergubernamental que justificó el nacimiento de una verdadera Administración internacional que incluía tanto instituciones estrictamente internacionales como sujetos jurídicos internos dotados de capacidad jurídica en la dimensión transfonteriza. Estas ideas, y sobre todo, el análisis administrativo de las relaciones internacionales, como se ha señalado, desparecen tras la Segunda Guerra Mundial y, de alguna manera, reaparecen a día de hoy en forma de Derecho Administrativo Global.


En efecto, el Derecho Administrativo Global, todavía en construcción, debe aportar a la globalización de tantos sectores y ámbitos administrativos juridicidad, separación de poderes y reconocimiento de los derechos humanos. Algo que, a día de hoy, constituye una asignatura pendiente que debe animarnos a estudiar mejor este sector del Derecho Público y a dotarlo de principios que aseguren que en todo momento la racionalidad técnica discurra por los márgenes del Derecho.

 

Derecho y globalización (II)

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