El Supremo tumba el PERI de Ferrol Vello, que reinicia ya su tramitación

El Supremo tumba el PERI de Ferrol Vello, que reinicia ya su tramitación
La anulación del Pepri en vigor afectaría al uso de parcelas como la de la casa de Carvalho Calero, que perdería su valor dotacional | emilio cortizas

La sentencia del Tribunal Supremo anulando el Plan Especial de Protección y Rehabilitación del barrio de Ferrol Vello, que se aprobó en el año 2015, ha supuesto para el Concello un varapalo que supondrá una ralentización urbanística en cuanto a que las normas contempladas en el Pepri pierden vigor y continúa vigente, hasta que se tramite de nuevo el plan de este casco histórico, la norma anterior.


La medida, si bien no repercute en licencias concedidas y puede no resultar con grandes cambios a nivel particular, sí afecta a proyectos de bien general, contemplados por el ejecutivo como la rehabilitación de la casa natal de Carvalho Calero, cuyas parcelas cambiaron de uso con el plan especial. De este modo, en ese momento, se calificaron expresamente para equipamientos permitiendo, además, la posibilidad de unir las parcelas, fundamental para llevar a cabo la rehabilitación esperada.


Ahora, mientras no se apruebe de nuevo el Pepri, el uso de esa parcela es residencial, por lo que no se podrá ejecutar la actuación prevista para fines públicos de la ciudadanía.


Resolución judicial

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo fue quien declaró la nulidad del acuerdo del pleno de 2015, por el que se aprobó definitivamente el Plan Especial de Protección y Rehabilitación del Barrio de Ferrol Vello, anulando, además, una sentencia anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia –TSXG– a este respecto.


Los hechos se remontan a un recurso contencioso administrativo interpuesto por dos particulares –A.S.R. y M.J.S.R– contra la aprobación definitiva del Pepri el 16 de diciembre de 2015, alegando que no figuraba la valoración de impacto ambiental de dicho plan. Esta cuestión fue rebatida en su día por el Concello, que aseguraba que se consultó a la Xunta sobre la necesidad del trámite y se consideró que no. El error viene dado, al parecer, porque la referencia de la Xunta al plan se hace como PE-2R, que es el nombre con el que se inició en 2012 el proceso de análisis ambiental cuando debería ser PeprFV, que fue con el que finalmente fue aprobado en 2015. Este supuesto “error” –que en realidad también se corresponderían con ámbitos territoriales algo distintos– motivó en su día una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en la que si bien declaraba ya esa nulidad del plan, por no contar con el requisito preciso, permitía la subsanación con la aportación del documento pertinente.


Ahora el Tribunal Supremo considera que esta decisión de TSXG “no resulta ajustada a Derecho” y no se puede llevar a cabo subsanación alguna ni convalidar a posteriori las determinaciones del plan que es anulado y, por tanto, expulsado del ordenamiento jurídico.


La sentencia judicial ha caído como un jarro de agua fría al ejecutivo local, que reconoce que supone “un problema” que se remonta a mandatos anteriores y que ahora se han encontrado y deben hacerle frente.

En cualquier caso, desde el gobierno de Ángel Mato, se ha insistido en que “se está trabajando ya en la tramitación del plan especial” con el fin de acelerar un proceso que se prevé largo. Se trata solo de lo que se refiere a la tramitación, ya que el contenido del Pepri que fue aprobado en su día “es impecable”, como explican fuentes municipales.

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