Iniciativas nacionales en la lucha contra la corrupción

La creación de un marco normativo adecuado en el ámbito internacional, con la participación de Poderes públicos, empresas privadas y agentes sociales, precisa también, como señala el consejo de expertos anticorrupción del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), una agenda nacional sólida y bien planteada.

En concreto, en este ámbito es menester de disponer de normas sobre transparencia financiera y gubernamental que faciliten de verdad el acceso a la información sin incluir obstáculos o impedimentos que a fin de cuentas dificulten en la realidad esta relevante cualidad democrática de la gestión financiera y pública. Además, las leyes sobre gestión pública de recursos, sobre contratos y adquisiciones deben ser claras, precisas, concretas y completas. Igualmente, es necesario afinar las nuevas tecnologías para que puedan ser útiles en la lucha anticorrupción y trabajar con realismo y efectividad para evitar la captura del Estado con disposiciones que eviten los conflictos de interés. El control sobre la actividad pública debe ser independiente, así como el ejercicio de la función jurisdiccional en todos los niveles y órdenes.

En concreto, las leyes sobre la contratación pública deben evitar las licitaciones dirigidas y vigilar las calificaciones parciales en las adjudicaciones y las renegociaciones ex post. Como señalan los expertos del BID, la adjudicación de contratos de infraestructuras mediante licitaciones competitivas contribuye poco a evitar sobrecostos y corrupción si luego se renegocian en beneficio de su ganador. Es decir, si se usan los reformados para compensar al adjudicatario por otros “servicios”, entonces no solo no se combate la corrupción, sino que se propicia.

La prevención es, desde luego, una de las mejores formas de combatir la corrupción. Por eso, en el ámbito de estos grandes contratos de infraestructuras en los que participa intensamente el sector privado, como señalan los expertos del BID deben definir mejor los problemas a resolver y los servicios concretos a prestar, aumentando la rendición de cuentas y evitando, a la vez, los peligrosos procesos de renegociación. Igualmente, en estos contratos se deben establecer marcos generales que permitan implantar formas electrónicas de contratación con presencia de todos los licitadores garantizando la transparencia, la integridad, la competencia y el acceso a la información.

La prevención de la corrupción en estos contratos aconseja adoptar marcos licitatorios y documentos estandarizados que impidan la exclusión de algunos licitantes. También es menester publicar los cambios e incidencias contractuales que se produzcan siempre en el mismo medio donde se publican los contratos originales. Además, se debe facilitar las denuncias de corrupción garantizando el anonimato, prohibir las cláusulas de equilibrio financiero, planificar y racionalizar las compras, separar los órganos de planificación de los de ejecución de los contratos e implantar tribunales administrativos integrados por profesionales independientes.

En fin, la actividad administrativa de prevención, por derecho propio, integra ya una modalidad relevante de la tipología de la acción administrativa. Pero si no hay personal formado y preparado para la prevención, estas medidas no serán eficaces. Así de claro.

Iniciativas nacionales en la lucha contra la corrupción

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