CASTIGO E IMPUNIDAD

El director de la sucursal abre el cajón de la mesa, saca una escopeta, encañona al cliente y le obliga a trasladar sus ahorros a un depósito fraudulento. El cliente atemorizado firma el contrato sin dejar de leer los negros ojos de la recortada que le apunta a la cara, para él esa es la única clausula que obliga, la única a la que se debe y por la que debe acatar la transferencia de su dinero a ese producto financiero y facineroso donde lo va a perder.

Si el proceder del director de la entidad hubiese sido éste la cuestión habría sido sencilla de solventar, bastaría que el atracado se hubiese personado en una comisaría y denunciado el hecho, para que de inmediato se procediese a la detención del delincuente y a la recuperación del dinero robado.

Sin embargo, por desgracia para sus víctimas, la narración de los hechos es otra muy distinta. Pongo por caso, el bonachón interventor de la oficina, lo conduce, brazo sobre los hombros, al despacho del director, que lo saluda efusivo, a la par que adula sin asco y agasaja con alguna que otra baratija bancaria. Le habla luego artero de las infinitas bondades de ese exclusivo producto que denomina “Participación Preferente” y de su personal interés en que él, a quien tanto estima, no pierda tan ventajosa oportunidad de ver aumentado su capital.

Hasta ahí la sutil frontera que separa el atraco de la estafa, y también el amargo abismo que media entre el castigo y la impunidad.

CASTIGO E IMPUNIDAD

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