Libertad de escuela

os poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Esta frase no es de un Padre de la Iglesia, ni de una Encíclica papal o de algún profesor de Teología o de Moral. Es, lisa y llanamente, lo que dice la Constitución española de 1978 en el artículo 27.3.
Tal precepto, que obliga a todos, Poderes públicos y ciudadanos, además de reconocer un derecho fundamental de la persona por ubicarse dónde sistemáticamente se trata de los derechos humanos, obliga, manda al Ministerio de Educación hacerlo efectivo de acuerdo con la función promocional que establece, además, en general, la Carta Magna en el artículo 9.2.
Garantizar es hacer posible, facilitar, poner los medios para, algo que está obligado a hacer, insisto, por mandato constitucional, el Ministerio de Educación. Es tan claro que no haría falta recurrir a las técnicas de interpretación jurídica. Sin embargo, la ceguera que produce la ideología, el miedo a la libertad es de tal envergadura, que conduce, no solo a negar la realidad, que ya es algo grave, sino a tachar de fascistas y otras lindezas más, a quienes defienden la Constitución. Tal proceder no es nuevo en la historia pues la lucha entre la libertad y la intervención ha sido una conste en la historia de la humanidad. A Alexis de Tocqueville debemos las mejores reflexiones sobre lo que él denominaba despotismo blando. Un fenómeno, bien actual, que consiste en la tenaz y persistente voluntad de los gobernantes por apropiarse de la vitalidad de la realidad a partir de una unilateral, exclusiva y excluyente forma de interpretar en cada momento el interés general. El interés de todos, como es bien sabido, el fomento del pluralismo, en una democracia normal debería discurrir por los amplios caminos del bienestar integral de los ciudadanos y no por el capricho o conveniencia de los que mandan en cada momento que, como es el caso, aspiran a imponer un modelo educativo determinado cercenando la libertad y un derecho fundamental como es el reconocido en el artículo 27.3 dela Constitución de 1978.
En efecto, la libertad de expresión se tolera mientras se discurra por los benéficos caminos del pensamiento único, la libertad de educación tropieza con el intento constante de burocratizar los procedimientos de selección de alumnos en los centros concertados, la libertad de religión se viola continuamente con desmesurados alegatos al silencio de la Iglesia cuándo manifiesta sus puntos de vista sobre temas morales. Eso sí, se hace una interesada interpretación del artículo 9.2 de la Constitución para promover la “libertad y la igualdad”, no de todos como manda el precepto de la Carta Magna, sino de determinados colectivos aliados de la tecnoestructura, a los que no se duda en conceder privilegios y prerrogativas sin cuento mientras se discrimina sin problema alguno a quienes no se doblegan ante los designios del poder.
@jrodriguezarana

Libertad de escuela

Te puede interesar