IMPUESTO AL SOL

El siglo XXI supuso el pase de las energías naturales a las renovables. Energías limpias, no contaminantes, que desde la Comunidad Europea, en diversas Directivas,  se han ido potenciando en aras de preservar o recomponer el planeta, eliminando efectos contaminantes que influyen en la supervivencia de todas las especies, incluida la humana. 
De ahí, que al ser España un país de sol y calor, el uso tanto de energía solar como geotérmica haya proliferado.  
Este tipo de energías se estaban instalando en muchos hogares puesto que los costes de implantación, a la larga, se amortizaban, ya que se consume la  energía que nosotros mismos fabricamos. 
Sin embargo, el Consejo de Ministros ha aprobado el día  9 de octubre el Real Decreto 900/15 sobre autoconsumo, que regula las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo de energía eléctrica. Afecta a todo tipo de energías denominadas limpias, (solar, eolica o geotérmica) siempre que estén conectadas a la red eléctrica, que es la amplia mayoría. 
El ministro de Industria, sr. Soria, aseguró que este real decreto tiene por objeto “impulsar la generación distribuida” y “darle un impulso a la utilización de las energías renovables”. 
¡No es verdad! Este real decreto no fomenta de modo alguno la utilización de las energías renovables, sino que obligará a los consumidores conectados a la red que quieran generar su propia energía a pagar un “impuesto al sol”. Es decir, tendrán que pagar por duplicado los costes que tiene el sistema eléctrico: primero, cuando consuman energía de la red, y, segundo, cuando consuman la energía que ellos mismos produzcan. 
Y además los excedentes de energía que no se consuman instantáneamente y se viertan a la red eléctrica no serán remunerados. O lo que es lo mismo, el exceso de energía se regala a las eléctricas,  a menos que el consumidor quiera convertirse en empresario. 
Y todas las instalaciones de autoconsumo existentes tienen 6 meses para adaptarse al nuevo Real Decreto. La sanción por incumplimiento oscila entre 6 y 60 millones de euros de multa, aunque nunca puede superar el 10% del importe neto anual de la cifra de negocios del sujeto infractor.  
Todo esto se justifica por la obligación de las instalaciones de autoconsumo de contribuir a la financiación de los costes y servicios del sistema en la misma cuantía que el resto de los consumidores. 
En el país del sol, no tiene ningún sentido poner trabas a que la ciudadanía pueda producir su propia electricidad, con una fuente que es renovable, abundante y barata y que además podría reducir nuestra dependencia energética.  Generar energía de forma sostenible y descentralizada y fomentar la economía ciudadana. 
El Decreto fomenta el oligopolio eléctrico y defrauda, para variar, al ciudadano. Sobre todo al que ha apostado por la sostenibilidad ambiental, en la creencia de un mundo menos contaminante para las futuras generaciones.  
Sin duda debió ser muy fuerte la presión de las eléctricas al Gobierno, para que éste haya aprobado un Decreto de estas características a 70 días de unas elecciones generales. Lo que no es de recibo es que el Sr. Ministro nos tome por tontos de baba,  diciéndonos que esta normativa fomenta el desarrollo de las energías renovables. 
Es evidente que, como la energía producida y la demandada no van a coincidir exactamente en todo momento, hay que seguir manteniendo el sistema eléctrico actual. 
Por eso se  prima el interés de las eléctricas por encima del interés general. Sería aceptable, como ocurre en  otros países, que aunque se invierta en autoconsumo se abone una pequeña parte del recibo de la luz para cubrir déficits. 
Hay estados norteamericanos que reconociendo a los ciudadanos la aportación en términos medioambientales, económicos y sociales del autoconsumo, permiten la compensación de la totalidad del importe del recibo, o subvencionan parcialmente la instalación. 
Aquí vamos justo al revés. Decimos una cosa y hacemos la contraria. Aun no pagamos por respirar, pero todo se andará. 
Emma González es abogada

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