Grandes desigualdades sociales

Si al paro, que afecta a más de la cuarta parte de la población activa española, se añade que nuestro país es, de los 34 que integran la OCDE, donde más aumentó la desigualdad social, el panorama político, social y laboral que se nos presenta es preocupante.
Si cada vez se ahondan más las diferencias entre ricos y pobres y estos aumentan en cuantía y falta de cobertura, no puede extrañarnos que el político francés Michel Rocard alertase de que “la principal víctima de la desigualdad creciente será la democracia”.
Por ello, la OCDE urge y exige que “la prioridad absoluta es dar ayuda a los más desfavorecidos”, citando, entre estos, a los desempleados de larga duración y a las familias de trabajadores pobres.
La desigualdad social mide la desigualdad entre individuos ricos e individuos pobres; pero, como dijo el sociólogo López Aranguren, “la desigualdad social es el resultado de un problema social y no puede observarse meramente como un fenómeno natural”. No es algo inevitable, como si de una ley física se tratara. Es un problema social de injusticia e insolidaridad que reclama atención urgente y soluciones inaplazables.
Ya no basta con la tradicional trilogía de la justicia: “conmutativa” o equivalencia de prestaciones; “retributiva” o proporcional en los premios y castigos, respectivamente, al mérito o el delito; ni la “distributiva” de “dar a cada uno según sus necesidades y a cada necesidad según sus obras”. Se impone la “justicia social”, que engloba, abarca y supera a las tres anteriores y que tiene como objetivo prioritario la protección y defensa de los más desfavorecidos de la sociedad.
Precisamente, nuestra Constitución define al Estado español como “Estado social”, es decir, un sistema jurídico político que promueva la integración de las clases sociales más débiles económicamente, evitando su exclusión o marginación, mediante la compensación de sus desigualdades a través de una más justa redistribución de la riqueza y de la renta y un sistema tributario en el que el impuesto no sólo persiga fines fiscales, sino también extrafiscales o de índole social.
El Estado social intenta que la distancia entre la titularidad de los derechos y su ejercicio efectivo sea la menor posible.
Por último, es digno de subrayar que ya en las Declaraciones de los Derechos del Hombre y de la Mujer Ciudadana, de 1789 y 1791, los parlamentarios franceses afirmaron que, “el hombre y la mujer nacen y permanecen libres e iguales en derechos y que las distinciones sociales sólo podrán fundarse en la común utilidad”; es decir, sin discriminación, exclusiones ni privilegios.

Grandes desigualdades sociales

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