Siete años de cárcel por guardar explosivos a Resistencia Galega, aunque no pertenecía a la banda

Siete años de cárcel por guardar explosivos a Resistencia Galega, aunque no pertenecía a la banda
GRA203. SAN FERNANDO DE HENARES (MADRID), 03/03/2014.- Adrián Mosquera Pazos, durante el juicio que se celebra contra él en la Audiencia Nacional por pertenecer a la "Asamblea a Mocidade Independentista", asociación vinculada a Resist

La Audiencia Nacional ha condenado a siete años de cárcel a Adrián Mosquera Pazos por guardar explosivos para el grupo terrorista Resistencia Galega, aunque le absolvió del delito de pertenecer a la banda porque si bien tiene “afinidad ideológica” no estaba adscrito a ella de manera permanente.

La sección segunda de la Sala de lo Penal rechazó la acusación de la Fiscalía, que pedía un total de 18 años de prisión, de que Mosquera sea parte de Resistencia Galega, pero le condenó por recoger explosivos “a sabiendas” de que procedían de la organización y “con la finalidad de favorecer los fines” de la misma.

Mosquera, alias Senlheiro, fue detenido el 7 de enero de 2013 cuando estaba manipulando tres artefactos explosivos en una casa abandonada de la aldea coruñesa de O Instrumento, que RG usaba como lugar de comunicaciones y depósito de material.

La absolución de Mosquera de pertenencia a la banda responde a que, según el tribunal, no se probó la “permanencia temporal” del condenado a la organización, una de las condiciones que impone el Supremo para que sea sentenciado de este delito.

En su domicilio se incautaron siete carteles y un panfleto de la organización juvenil AMI (Assembleia da Mocidade Independentista), considerada por la Policía la cantera de RG en un informe de inteligencia al que el tribunal no da credibilidad.

sin pruebas

La sala cree que esta documentación solo es indicativa de su afinidad ideológica y, “ni por su número ni por sus circunstancias y su contenido, se muestra como especialmente significativa”. Destaca los argumentos de la defensa del acusado de la “ausencia total de cualquier otro elemento que corrobore o indique” su pertenencia a la banda en el teléfono o el ordenador de Mosquera incautados de su casa.

En cambio, sí le condena por tenencia de explosivos con finalidad terrorista puesto que fue sorprendido cuando recogía en la caseta tres explosivos fabricados por RG programados para explosionar cuando se conectase el detonador y que iban a servir a los fines de la organización, sin que conste que fuese él materialmente a colocarlos.

Según la sala, se probó por los documentos incautados y su relación epistolar con una persona condenada por tenencia de explosivos, la “afinidad ideológica” de Mosquera con RG

Mosquera era la persona que debía recoger los explosivos, considera el tribunal, porque dada la hora en que acudió al lugar, “en invierno, en un bosque de Galicia”, queda acreditado que “era él y no un impensable senderista, atendidas las circunstancias de tiempo y lugar, el único destinatario de tales artefactos”, reza la sentencia.

“Las medidas de seguridad (andar a oscuras por el bosque) y la certeza en la ubicación de cuanto buscaba son indicios concurrentes, lógicos, acreditados y bastantes” de que los explosivos eran para él.

En el juicio celebrado el pasado 3 de marzo, Mosquera calificó de “salvajada” emplear medios violentos para conseguir la independencia de Galicia.

Siete años de cárcel por guardar explosivos a Resistencia Galega, aunque no pertenecía a la banda

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