El titular del Juzgado de lo Social 1, Alejandro Gracia Lafaja, acaba de dictar una sentencia declarando la nulidad del traslado de los diez trabajadores que formaban parte de la plantilla de la Delegación en Ferrol de la Televisión de Galicia y reconociendo el derecho de los mismos a ser repuestos en sus anteriores condiciones de trabajo.
El presente fallo judicial, que podrá ser recurrido en suplicación ante el TSXG es consecuencia de la demanda interpuesta por los trabajadores a raíz de que la Compañía Radiotelevisión Galicia hubiese decidido, en noviembre de 2010, no prorrogar el contrato del servicio de grabación, edición y actividades complementarias de noticias en gallego en Ferrol con la productora de vídeo TV7.
Como consecuencia de ello, el 30 de noviembre se le comunicó a los trabajadores que, a partir del 1 de diciembre, pasarían a prestar servicios en el centro de la TVG en A Coruña. La Compañía partía de la premisa de la inexistencia de la Delegación de Ferrol, cuestión que ahora desmonta el juez de lo Social, concluyendo la existencia real de la misma, aunque no hubiera sido dada de alta como tal ante la autoridad laboral. En este sentido, precisa que los demandantes realizaban los informativos públicos en la plaza de las Angustias 7, “siendo en la práctica este lugar la Delegación de la TVG en Ferrol, figurando tanto a nivel externo como a nivel interno de la empresa, siendo también parte del material utilizado allí permanentemente de la TVG y habiendo sido declarada por sentencias firmes la existencia de cesión ilegal a Televisión de Galicia de estos trabajadores por TV7”.
El juez también resuelve que el traslado de los trabajadores no siguió los trámites legales, por lo que declara la nulidad del mismo y su derecho a ser repuestos a las anteriores condiciones.