El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al real decreto ley que permite a quienes ahorran en planes de pensiones rescatar su dinero a los diez años, a partir de 2025, y rebaja las comisiones de gestión de estos productos.
Ya no será necesario que el ahorrador se encuentre en una situación excepcional, ya sea paro de larga duración, enfermedad grave o riesgo de desahucio, como se exigía hasta ahora, para poder recuperar su dinero.
En definitiva, se trata de hacer más atractivos los planes de pensiones con el objetivo de “estimular” el ahorro privado, según explicó el ministro portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, a lo que también debería contribuir la rebaja “sustancial” de las comisiones de gestión.
Tranquilidad
Aunque se incentive el ahorro privado, quiso mandar un mensaje de tranquilidad porque “las pensiones públicas en España son un derecho, que este Gobierno se ha encargado de garantizar”. Desde el Ministerio de Economía consideran que la posibilidad de poder recurrir al dinero ahorrado en planes de pensiones una vez transcurridos diez años desde la aportación de los fondos será clave también para que los jóvenes se animen a contratar un producto de este tipo.
La entrada en vigor del texto permitirá que cualquier aportación a un plan de pensiones se pueda retirar en un plazo de diez años y, en el caso del dinero depositado con anterioridad, la fecha de corte será finales de 2015. De este modo, a partir de 2025 se abrirá una ventana para que ocho millones de ahorradores dispongan del dinero depositado en sus planes de pensiones al cierre de 2015, cuando ascendía en planes individuales a 68.000 millones.
Y las aportaciones realizadas con posterioridad a 2015 deberán dejar transcurrir los diez años correspondientes.
En cuanto a las comisiones de gestión, el real decreto las diferencia según tres tipos de fondos de pensiones. Se aplica un máximo del 0,85 por ciento para fondos de renta fija, lo que supone una disminución de 65 puntos básicos frente al límite actual; un tope del 1,30% para fondos mixtos, 20 puntos básicos menos; y del 1,50 por ciento para fondos de renta variable, igual que ahora.
Con los nuevos porcentajes, la comisión media calculada según la distribución del patrimonio entre los diferentes tipos de fondos baja del 1,50% al 1,25%. A su vez, se reduce la comisión máxima de depósito de 0,25% al 0,20%.
Esta bajada de comisiones máximas se suma a la ya realizada en 2014, que supuso entonces una caída del 30%. La reducción de los costes de gestión y depósito tendrá un efecto positivo en la rentabilidad neta que obtienen los partícipes por sus ahorros, especialmente en los fondos de pensiones de renta fija, que se han visto afectados por los bajos tipos de interés.
El real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, excepto la aplicación de los nuevos límites de las comisiones, que lo hará a los dos meses desde la fecha de su publicación. l