Condenado a 26 años el autor del atropello mortal en el Paseo Marítimo

Condenado a 26 años el autor del atropello mortal en el Paseo Marítimo
29 enero 2019 página 7 / 02 febrero 2019 página 14 A Coruña.- Un agente local relató, en el juicio que se celebra en la Audiencia Provincial en el que se acusa a un hombre de atropellar mortalmente a un joven en A Coruña

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, a 26 años de cárcel al joven que mató a otro con su coche en el Paseo Marítimo en octubre de 2017 tras haberse peleado con él poco antes.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) informa de que en el fallo se condena al conductor, J.G.V.O., de 19 años, como autor de un delito de homicidio y de dos delitos de homicidio en grado de tentativa después de que, durante la madrugada del sábado 28 de octubre de 2017, atropellase a propósito a tres jóvenes en el Paseo Marítimo. El acusado se había peleado con las víctimas en un pub del Orzán y, al verlos cruzar la vía por un lugar no habilitado para peatones, invadió el sentido contrario de la marcha y dirigió su coche contra ellos.

Como consecuencia del impacto, el joven que caminaba adelantado, de 24 años, salió despedido hacia las vías del tranvía y falleció unos 45 minutos después, mientras que uno de sus acompañantes sufrió lesiones leves y el otro no fue alcanzado.

La Audiencia señala en la sentencia que el jurado consideró probado que el sospechoso “ejecutó los hechos con el propósito de acabar con la vida de los tres peatones, aceptando como posibilidad que se produjese la muerte, o lesiones, de todos o alguno de ellos”. Así, el tribunal del jurado concluyó que “resulta claro” que el imputado actuó “cuando menos con dolo eventual homicida”, porque “generó el riesgo ilícito propio del homicidio y asumió su eventual resultado, aunque finalmente no se materializara para dos de ellos”. Por tanto, descartó que su intención fuese “dar un susto”, tal y como alegó en el juicio.

Pruebas
A la hora de dictar el veredicto de culpabilidad, los miembros del jurado tuvieron en cuenta “como una de las pruebas fundamentales” el visionado de la grabación de la cámara de seguridad del Paseo Marítimo en el momento en el que el vehículo invade a una velocidad de “entre 60 y 80 kilómetros por hora” el sentido contrario de la marcha.

Después, se internó en el segundo de los tres carriles de dirección opuesta, en el que se encontraban los tres jóvenes. Además, el jurado consideró acreditada la existencia de un altercado previo con las víctimas que dio lugar “a un sentimiento de venganza que se materializó cuando las vio atravesando la calzada”.

Tras el atropello, el acusado continuó circulando “sin detenerse ni reducir su velocidad, incorporándose a su sentido correcto de marcha y ausentándose del lugar”. Finalmente, fue detenido minutos después en la avenida del Ferrocarril. Tanto a los funcionarios policiales como en su declaración ante el juzgado de Instrucción manifestó que había ido “a por ellos”.

El jurado descartó que el acusado hubiese actuado con alevosía, pues considera que “el escaso margen de tiempo entre la visión de las víctimas y su reacción, impidieron valorar el aprovechamiento de las circunstancias”. Y rechazó las solicitudes de la defensa para que estimase las atenuantes de intoxicación alcohol, dilaciones indebidas y confesión. Además, le condena a pagar a la familia de la víctima 267.564 euros en concepto de indemnización.

La Audiencia destaca que no consideró acreditada la concurrencia en el imputado “del dolo consistente en buscar una situación que asegurara la ejecución del hecho y eliminara o evitara la posible defensa por parte de las víctimas”.

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