Las entidades financieras españolas percibieron unos 4.474 millones de euros por la aplicación de cláusulas suelo en las hipotecas entre noviembre de 2009, cuando los bancos y cajas activaron su comercialización, y hasta el 9 de mayo de 2013, fecha sobre la que ha sentado doctrina el Tribunal Supremo a partir de la que devolver lo cobrado por este tipo mínimo por falta de transparencia.
El reconocimiento de la retroactividad desde el inicio del contrato hipotecario está pendiente de la resolución del Tribunal Europeo de Justicia, que se reunirá el 26 de abril para dilucidar esta cuestión.
con intereses
De reconocer la devolución de todos los importes cobrados por las cláusulas suelo desde el orígen del préstamo, la banca tendría que devolver estos casi 4.500 millones, cifra que sumaría a la factura de 5.269 millones por los intereses cobrados desde el 9 de mayo de 2013 hasta finales de 2015, según cálculos de Analistas Financieros Internacionales (Afi).
Afi elabora estas estimaciones con un escenario central que contempla un tipo suelo del 3 por ciento y un diferencial sobre Euríbor a 12 de meses del 0,8 por ciento. Además, calcula en el 30 por ciento el porcentaje de saldo de crédito para vivienda con cláusula suelo al inicio de la crisis actual.
Tras la sentencia que dictó el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid condenando a cuarenta bancos y cajas a devolver a los hipotecados las cantidades “indebidamente” abonadas desde el 9 de mayo de 2013, la devolución desde el inicio de la hipoteca sigue siendo el principal frente de las asociaciones de consumidores.
En este sentido, desde la OCU se considera que se deberían devolver todas las cantidades cobradas de más desde la firma de la hipoteca, al advertir de que la doctrina del Tribunal Supremo perjudica a los consumidores “al limitar la devolución de las cantidades a las pagadas desde el día 9 de mayo de 2013”.
preparada
El coste para los bancos y cajas de devolver todo o parte de los intereses cobrados de más a los hipotecados pese a la caída del Euríbor no supondría un agujero en las cuentas de resultados. Las entidades, a medida que se emitían sentencias, se han ido preparando y realizaron fuertes provisiones para este concepto.
Afi recuerda que aplicando el principio legal de “cosa juzgada” no sería posible reabrir el procedimiento judicial para aplicar la retroactividad. Este es precisamente el argumento principal sobre el que pivota la defensa de los bancos. Además, la mayoría de las entidades negociaron las condiciones de sus hipotecas para eliminar las cláusulas suelo, si bien algunas asociaciones denuncian que a cambio se ofrecen tipos fijos elevados.