Obsolescencia programada

Sabido es que se le llama obsolescencia programada al periodo, digamos, de vigencia de un determinado bien adquirido. Las quejas de los consumidores se hacen patentes cuando se demanda que un determinado artículo no tenga “programado” de antemano su tiempo de funcionamiento. El mercado, sin embargo, marca otros ritmos, ya que la demanda no crece tanto en función de la población como lo hace con arreglo a la necesidad de adquirir otro bien que supla al que ya no tiene cometido. Algo así parece suceder con las obras públicas. Y, si no, ahí está el ejemplo de la plaza del Callao, con el pavimento recién repuesto y ya necesitado de los correspondientes apaños. Un vecino de la ciudad le explicaba días pasados a otro en esto de las conversaciones de bar que la cuestión es que no se sabía colocar el adoquín. En cualquier caso, si es así, la responsabilidad recae en mayor grado sobre el Concello, que es el que recepciona lo que no vale. Ou non?, que diría mi convecino de arriba...

Obsolescencia programada

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