Ana Julia Quezada será juzgada por asesinato y delito contra la integridad moral pero no por detención ilegal

Ana Julia Quezada será juzgada por asesinato y delito contra la integridad moral pero no por detención ilegal
El abogado de Ana Julia Quezada llega a los juzgdos | carlos barba (efe)

Ana Julia Quezada, autora confesa de la muerte violenta del niño de ocho años Gabriel Cruz en Níjar (Almería) en febrero, conoció ayer que será enjuiciada por un jurado popular y que está procesada por la presunta comisión de delitos de asesinato y contra la integridad moral pero no por el delito de detención ilegal que hasta ahora se le imputaba.
Así lo anunció a los medios de comunicación a las puertas de la Ciudad de la Justicia de Almería el juez instructor de la causa penal, el magistrado Rafael Soriano, quien precisó que se espera que la investigación en torno al crimen pueda estar concluida “a finales de año”.

Inicio del procedimiento
“Hoy (por ayer) se inicia la tramitación del procedimiento por la ley del jurado, que llevará su tiempo, y esperemos que, antes de fin de año, podamos tener completada la instrucción y se pase la causa a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento”, inforó.
Si bien no precisó el juez el porqué del sobreseimiento del delito de detención ilegal por el que también estaba investigada Quezada, fuentes judiciales han detallado que este queda “subsumido” en el delito de asesinato. “Forma parte de la dinámica comisiva del asesinato coger a una persona de un sitio para llevarla a otro y matarla y, en este caso, no existe ese elemento de tener encerrado a alguien que exige la detención ilegal”, explicó el abogado de la acusación particular, Paco Torres.

Comparecencia
Así, durante la comparecencia en dependencias del Juzgado de Instrucción 5 de Almería, que no se prolongó más allá de una hora, Ana Julia Quezada conoció cuáles son los hechos que consideran acreditados las partes que están personadas en la causa al tiempo que se le informó de que tanto Ministerio Fiscal como acusaciones particular y popular le atribuyen el subtipo agravado del delito de asesinato previsto en el artículo 140 del Código Penal y penado con la prisión permanente revisable.
Mientras que la asociación Clara Campoamor y los abogados de los padres del pequeño Gabriel sí consideran que, además, hay ensañamiento, la Fiscalía no lo aprecia así y solo estima, a priori, que existe alevosía.
Con respecto al comportamiento que mantuvo Ana Julia Quezada durante los trece días en los que se mantuvo activo un amplío operativo de búsqueda del niño con respecto a Ángel Cruz y a Patricia Ramírez, el Ministerio Público considera que habría incurrido en dos delitos de lesiones psíquicas mientras que la acusación particular los ve contra la integridad moral.

Mantener el engaño
Cabe recordar que en el auto de ingreso en prisión, el juez instructor remarcó que la procesada “mantuvo el engaño” a lo largo de los días, “aumentándolo hasta el punto de colocar ella misma una camiseta del menor en el monte” para, así, poder “despistar a los agentes de la autoridad que practicaban la búsqueda” hasta encontrar el “momento de poder hacer desaparecer el cuerpo”.
Patricia Catalina López, delegada en Andalucía de la asociación Clara Campoamor precisó que encuadra la muerte violenta de Gabriel Cruz en los artículos 139.1, 139.2 y 140.1 del Código Penal, que va a interesar la pena de prisión permanente revisable para la procesada. 
Por su parte, en declaraciones a los medios de comunicación, Francisco Torres, corroboró el encuadre de los hechos en el artículo 140.1 y confirmó que solicitarán la misma condena. l

Ana Julia Quezada será juzgada por asesinato y delito contra la integridad moral pero no por detención ilegal

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