El Tribunal Supremo condena a José Manuel Pérez “Coté” a cuatro años y medio de cárcel

El Tribunal Supremo condena a José Manuel Pérez “Coté” a cuatro años y medio de cárcel
27 agosto 2009 página 11 FERROL, 06/07/09.- Jose Manuel López Pérez (i), alias "Coté", el falso médico ferrolano detenido el pasado viernes tras la denuncia de una paciente de una falsa clínica de Vinarós (

El falso médico ferrolano José Manuel López Pérez “Coté” ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por el Tribunal Supremo, acusado de los delitos de estafa e intrusismo en relación a una clínica privada en la localidad de Vinarós, en Castellón, según informó ayer el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta sentencia, también dirigida contra el otro practicante de las instalaciones médicas, Frederic Gisbert –y la esposa de este en calidad de cómplice–, supone el carpetazo final al proceso iniciado por la Audiencia Provincial de Castellón y ante el que ambos reos interpusieron un recurso para llevarlo al Alto Tribunal.

Así, el comunicado del CGPJ detalla que ambos hombres, “sin la titulación requerida para ejercer como médicos”, se dedicaron a actividades tales como “diagnosticar enfermedades de todo tipo” y a prescribir toda clase de tratamientos, incluidos algunos “con células madre, trasplantes y cirugías no menores”. Del mismo modo, el Supremo reconoce que uno de los acusados contaba con un título privado en terapias naturales, mientras que el segundo “con títulos extranjeros relacionados con ciencias de la salud”, pero en ningún caso “titulación expedida o reconocida en España para ejercer la medicina”.

Aumento de condenas

El Tribunal Supremo estimó, además, el recurso interpuesto por la Fiscalía –y parcialmente el de la acusación particular– por el agravante de afectar los hechos “a un bien de primera necesidad”, por lo que aumentó la condena de los tres años de cárcel para Gisbert y de dos años y nueve meses para López Pérez hasta los cuatro años y medio para cada uno, además de reconocer una indemnización de 137.000 euros para los afectados.

Del mismo modo, el Alto Tribunal validó la incorporación a la causa de las grabaciones con cámara oculta realizadas por el programa de investigación “Diario de”, desestimando que vulnerase los derechos a la intimidad y la propia imagen de los acusados.

Por último, cabe destacar que se trata de una causa independiente de la que está realizando en la actualidad la Audiencia Provincial de A Coruña. l

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