Una sentencia judicial acuerda que debe cobrarse la tasa del agua desde 2014

Una sentencia judicial acuerda que debe cobrarse la tasa del agua desde 2014
El acuerdo de desestimar el recurso de Socamex, que fue aprobado en pleno con el apoyo de todos los grupos salvo el PP es ahora invalidado por el Juzado de lo contencioso administrativo| jorge meis

Por si las aguas no estuviesen lo suficientemente revueltas en materia de saneamiento en Ferrol –cobros de la tasa por encima del coste del servicio, denuncias de la plataforma por la remunicipalización o falta de un convenio en vigor para que Narón abone la cuantía que le corresponde por su parte–, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol acaba de estimar parcialmente el recurso presentado por la parte privada de Emafesa –Socamex– frente al acuerdo plenario de 18 de septiembre de 2015, por el que se suspendió la aplicación de la tasa reguladora de depuración de aguas residuales y el acuerdo del mismo órgano –26 de noviembre de 2015– por el que se desestimaba el recurso de reposición de la empresa privada.

La sentencia deja de manifiesto que la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el año 2014 se encuentra, por tanto, en vigor y que debe ser restituida. Asimismo, obliga a que se aplique desde 2014 hasta que se produzca su revisión y reclama al Concello que ponga en marcha las actuaciones necesarias para el cobro del impuesto y la aprobación del padrón de contribuyentes.


La sentencia se basa en que la tasa cubre unos costes de puesta en marcha y funcionamiento del servicio de depuración y asegura que la decisión plenaria por la que se suspendió el tributo fue contrario a derecho.
De este modo, analizando los convenios firmados y los pliegos que rigen la gestión del servicio, se tiene en cuenta que el cobro de la tasa tiene varias fases y que la suspensión total implica que se generen unos gastos vinculados a la depuración que no están cubiertos por ningún ingreso finalista, asegurando pues que el hecho imponible de la tasa se cumple.

Además, se contempla que no debe producirse el establecimiento y explotación de un servicio público sin cobertura financiera o presupuestaria de su coste.

Servicio
La decisión del pleno en septiembre de 2015 de suspender el cobro del tributo por saneamiento y la desestimación del recurso de reposición interpuesto por Socamex no es, por tanto, asumida ahora por el Juzgado que argumenta que la tasa cubre los costes de puesta en servicio de las instalaciones y no puede entenderse que se refiera al total funcionamiento de las mismas, ya que en el informe adjunto a la denuncia se recoge que el pleno funcionamiento del sistema estaba previsto para 2016. Por eso, no se considera justificada la inexistencia del hecho imponible en base a un informe del que resulta que en agosto de 2015 las instalaciones no se encontraban en pleno funcionamiento. Asimismo, se recoge que la suspensión de la aplicación de la ordenanza se acordó sin seguir el procedimiento previsto para la derogación, que debería incluir un informe relativo a la cobertura del coste del servicio. Por eso, la anulación del acuerdo de suspensión comporta que la ordenanza debe ser aplicada.

El recurso de Socamex es, sin embargo, estimado parcialmente, ya que no recoge la obligación del Ayuntamiento de resarcir la totalidad de los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado como consecuencia de las decisiones adoptadas y no procede, tampoco, la imposición de costas.
La decisión plenaria que ahora se invalida fue tomada en su día con los votos de Ferrol en Común, PSOE y BNG y todos los grupos apoyaron posteriormente la desestimación del recurso de Socamex también en pleno, a excepción del PP, que ya alertaba entonces de la repercusión jurídica de esa decisión, que ahora se constata.

Apelación
Una vez conocida la sentencia, el gobierno local acordó que presentará un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia –cuenta con un plazo de 15 días– al entender que el acuerdo judicial “é desfavorable aos intereses da veciñanza”.
El ejecutivo recordó que fue el pleno el que desestimó el recurso de Socamex y que la parte privada optó por litigar contra el Concello –socio mayoritario de Emafesa– y buscar la impugnación del mismo en los juzgados, algo que, por el momento, ha conseguido.

El gobierno local apunta como “prioridade inapelable” la defensa de los intereses de los ferrolanos y entiende que el cargo económico del tributo por un servicio “ficticio” no debería efectuarse.
Así las cosas, para el ejecutivo de Jorge Suárez esta sentencia así como la denuncia presentada por la Plataforma pola Remunicipalización que habla de “estafa”, ponen de manifiesto dos extremos del mismo asunto judicializado contra el Concello y, a su modo de ver, “no prexuizo de toda a veciñanza”. Por una parte, explican desde el gobierno local, la parte privada de la empresa de aguas busca “o interese económico” y, por otro, la plataforma persigue “réditos políticos e persoais danando a imaxe do goberno, que actuou en todo momento con responsabilidade para procurar unha taxa máis xusta e axustada”.

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