Los sucesos del 10 de Marzo serán abordados en un juzgado de Ferrol

Los sucesos del 10 de Marzo serán abordados en un juzgado de Ferrol
Monumento a los caídos en las protestas del 10 de marzo I JORGE MEIS

Los sucesos del 10 de Marzo, en los que la represión de una manifestación de Bazán por parte de las fuerzas franquistas concluyó con la muerte de dos trabajadores, Amador Rey y Daniel Niebla, y varios heridos y detenidos serán, más de medio siglo después, abordados por la Justicia. La Audiencia Provincial de A Coruña ha ordenado al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol que tramite la solicitud de declaración de hechos pasados solicitada por tres hijos de Amador Rey, referidos a la muerte de su padre por herida de bala cuando participaba en una manifestación pacífica. El juzgado ferrolano negaba su competencia al revestir caracteres de delito y haber sido incoado un procedimiento penal ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Ferrol y ante la jurisdicción militar. La decisión fue recurrida por la familia, a la que se le da ahora la razón.


El tribunal provincial subraya que la Ley de Memoria Democrática prevé “el derecho a la investigación de las violaciones de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión de la Guerra y la Dictadura” y hasta la entrada en vigor de la Constitución Española. Así, “se garantiza la tutela judicial en los procedimientos encaminados a la obtención de una declaración judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados relacionados con las víctimas”. Además, se les confiere “el derecho al reconocimiento y la reparación integral por parte del Estado” y la ley cita expresamente en su artículo 30 “el reconocimiento público del carácter de víctima, de su dignidad, nombre y honor”.

 

 

Conocimiento de la verdad


La Audiencia Provincial estima que son los juzgados de primera instancia quienes deben tramitar estas declaraciones, la figura “más acorde con el fin declarado de reconocimiento y resarcimiento de las víctimas por la Ley de Memoria Democrática”. No se persiguen los delitos cometidos, que tienen otros recorridos, sino que se establece “un cauce de investigación de las violaciones de derechos humanos ocurridas” para así asegurar “el derecho al conocimiento de la verdad, que fue largamente ocultada, y la tutela judicial efectiva de las víctimas y sus familiares”.


La decisión señala que concurren todos los requisitos que se establecen para esta tramitación, entre ellos que el objeto resulte “posible y lícito”, que se hayan aportado pruebas documentales “sin que resulte perjuicio para una persona cierta y determinada” y que no haya otros procedimientos en trámite. 


La resolución del tribunal provincial es firme y contra ella no cabe recurso.

Los sucesos del 10 de Marzo serán abordados en un juzgado de Ferrol

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