Condenan al Popular a abonar el exceso de intereses de una hipoteca

El Banco Popular deberá devolver al beneficiario de un crédito hipotecario el exceso de intereses cobrados en virtud de la aplicación de varias cláusulas del contrato suscrito con la entidad crediticia que el juzgado de Primer Instancia número 5 de Ferrol ha declarado nulas. La decisión tiene carácter retroactivo, ya que alcanza a las cantidades devengadas desde el momento en que se oficializó la escritura del préstamo.


Además, la entidad deberá hacerse cargo de las costas, según recoge la sentencia, para la que se abre un periodo de recurso de 20 días desde su notificación. Los intereses del demandante fueron defendidos por el abogado Javier Pastor Díaz Mosquera.

Condenan al Popular a abonar el exceso de intereses de una hipoteca

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