La Fiscalía rechaza que Urdangarin salga un tercer día para hacer voluntariado

La Fiscalía rechaza que Urdangarin salga un tercer día para hacer voluntariado
Iñaki Urdangarin, pendiente de su primer permiso pentenciario, asiste al centro 'Hogar Don Orione' con total normalidad Iñaki Urdangarin, centro Hogar Don Orione, voluntariado, Caso Nóos, Brieva, cárcel José Oliva / Euro

La Fiscalía se opuso a que Iñaki Urdangarin salga de la cárcel de Brieva (Ávila) otro día más a la semana –actualmente tiene permitido salir martes y jueves– para hacer voluntariado en un centro de discapacitados en Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Fuentes fiscales indicaron que el Ministerio Público remitió un informe al juzgado de vigilancia penitenciaria número 1 de Castilla y León en el que rechaza, tal y como solicitó Urdangarin, que se amplíe el periodo de salidas de prisión para hacer voluntariado.

La Fiscalía ya se opuso, al igual que Instituciones Penitenciarias, a la petición del cuñado del rey de que le aplicara el artículo 117 del reglamento vigente que permite a los condenados que aún están en el régimen ordinario y cumplen una serie de requisitos, como la baja peligrosidad y la ausencia de riesgo de fuga seguir un programa de actividades fuera de prisión que favorezcan su reinserción.

El juez de vigilancia atendió la petición y desde el 18 de septiembre Iñaki Urdangarin sale todos los martes y jueves durante ocho horas cada día de la prisión para acudir al Hogar Don Orione, un centro gestionado por la congregación religiosa italiana Pequeña Obra de la Divina Providencia que atienda a personas adultas con discapacidad intelectual y alto nivel de dependencia.

Mientras, el Tribunal Supremo rechazó flexibilizar el régimen penitenciario de Diego Torres, que cumple cinco años y ocho meses de cárcel en Brians-2, porque llevaba poco tiempo en prisión en segundo grado cuando lo pidió y no había datos suficientes para reclasificarlo.

El exsocio de Iñaki Urdangarin, condenado por el desvío de fondos de Nóos, fue clasificado en segundo grado en agosto de 2018, poco después de entrar en prisión, por la Dirección General de Servicios Penitenciarios de Cataluña y, tras recurrir al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y a la Audiencia de Palma de Mallorca, tribunal que le juzgó, llegó al Supremo, que desestimó su recurso.

Torres alegaba que en su caso concurrían las variables para su clasificación en tercer grado o semilibertad y pedía también la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, más flexible, que permite al preso salir a trabajar a diario al exterior sin tener el tercer grado.

Además, recuerda el Supremo, el auto impugnado también mencionaba la “inexistencia de una propuesta del equipo técnico” de cara a la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, un informe que, “de otro lado, no parece posible en este momento, teniendo en cuenta el escaso tiempo de estancia en el centro penitenciario”.

Con todo, no cree el Supremo que haya contradicción entre el auto que afecta a Torres y otras resoluciones anteriores, como decía el empresario, que pidió al alto tribunal unificar doctrina. l

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