Estrasburgo y el Tribunal Constitucional avalan la decisión de exhumar a Franco

Estrasburgo y el Tribunal Constitucional avalan la decisión de exhumar a Franco
Imagen del Valle de los Caídos, donde está enterrado Francisco Franco, desde allí, según el Gobierno, el cuerpo del dictador será exhumado en “unas semanas”, en San Lorenzo de El Escorial (Madrid/Españ

A menos de diez días de que se cumpla el plazo que se dio el Gobierno para exhumar al dictador Francisco Franco, ayer se aclaró más si cabe la viabilidad de los planes del Ejecutivo de retirar el cadáver del Valle de los Caídos: en el mismo día la postura del Ejecutivo ha sido avalada por el Constitucional, Estrasburgo y el juez José Yusti.

De todos los intentos de la familia Franco y de la Fundación Francisco Franco por retrasar lo máximo posible la exhumación, tan solo queda vivo uno: un último recurso ante el Supremo con petición de suspender de forma cautelarísima la exhumación.

Pero el Supremo ya falló en varias ocasiones y lo hizo siempre de forma rotunda en contra de los intereses de la familia, de la Fundación y de la Abadía del Valle de los Caídos, con lo que son remotas las posibilidades de que ahora lo haga en sentido contrario.

Ni arbitraria ni injustificada

Tan remotas como lo eran las de que el Constitucional accediera a la pretensión de los nietos del dictador de frenar la exhumación hasta la resolución de su recurso por una supuesta vulneración de los derechos fundamentales.

El tribunal de garantías ni siquiera admitió el recurso ante la “manifiesta inexistencia de vulneración de los derechos fundamentales alegados”, lo que hace “innecesario un pronunciamiento expreso sobre la medida cautelarísima” solicitada.

El Constitucional avala la decisión del Gobierno. No es “ni injustificada, ni arbitraria, ni en suma contraria al principio general de igualdad” y se hace en cumplimiento de la previsión establecida en la Ley 52/2007.

el TC explicó en su auto que, aunque se rechaza el recurso, se trata de un caso que plantea una “cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y económica o tenga unas consecuencias políticas generales”.

Significación histórica

“La significación histórica y política de don Francisco Franco Bahamonde, cabeza del régimen político establecido tras la guerra civil y en el que asumió la condición de Jefe de Estado, hace que cualquier decisión que afecte al tratamiento y localización de sus restos mortales trascienda del caso concreto”, señala.

El tribunal de garantías descarta una supuesta “preferencia discriminatoria” que vulneraría el principio de igualdad. Explica en su auto que “el juicio de igualdad” solo puede realizarse comparando otras resoluciones judiciales del mismo órgano al que se impugnó para dilucidar si se han “resuelto de forma contradictoria”, algo que, según señala, aún no ha ocurrido ni existen precedentes.

Más complicada aún era la vía Estrasburgo abierta por la Fundación Nacional Francisco Franco. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se negó a paralizar la exhumación y recordó a los demandantes que tienen opción de presentar una queja si consideran que se han violado sus derechos humanos.

El TEDH “decidió, dadas las circunstancias, no indicar al Gobierno de España, bajo el artículo 39 del Reglamento del Tribunal, la medida provisional que pretenden” y “no intervendrá como se le había solicitado” por parte de la Fundación Francisco Franco.

Estrasburgo suele aplicar las medidas provisionales para evitar una expulsión a un país donde el demandante corre peligro o cuando se trata de un desahucio con menores.

El otro frente que se cerró ayer fue el del juez Yusti, titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, que tenía desde hace meses suspendida la licencia que dio el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) para acometer las obras necesarias para el desenterramiento.

A Yusti no le quedaban más opciones después de que el Supremo sentenciara el 30 de septiembre que no hace falta licencia de obras para dar cumplimiento al acuerdo del Consejo.

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