El Vaticano no aprueba que se conserven las cenizas en casa o que se lancen al mar

El Vaticano no aprueba que se conserven las cenizas en casa o que se lancen al mar
Pope Francis leaves at the end of a canonization mass for seven new saints in Saint Peter's Square at the Vatican October 16, 2016. REUTERS/Tony Gentile

El Vaticano reafirmado su preferencia por la sepultura del cuerpo y ha prohibido expresamente la conservación de las cenizas en el hogar en el caso de cremación, al igual que esparcirlas por el aire o el mar, según el nuevo documento publicado ayer.


La regulación, redactada por la Congregación para la Doctrina de la Fe que está presidida por el cardenal Gerhard Muller, reafirma las razones doctrinales y pastorales que optan por la sepultura de los cuerpos y de las que emanan las normas relativas a la conservación de las cenizas en caso de la cremación.


En este sentido, recuerda que “la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados”, pero establece que no hay “razones doctrinales” para censurar  la cremación.


Así, la Iglesia establece ahora que “cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, esta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto. “La Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y, por lo tanto, no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo”, señaló.


Sin embargo, se puntualiza que “la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos”. En todo caso, precisa que la cremación no está prohibida, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana”. Además, avisa de que se deberá tener cuidado de caer en alguna expresión que pueda causar “indiferencia religiosa”.


El documento agrega que “si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica”.


El texto establece además que la conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana. Así, además, se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y maltrato a los restos, que pueden sobrevenir una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas. n

 

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