Los magistrados de Ferrol ya se alinean con el TJUE respecto a las cláusulas abusivas en las hipotecas

Los juzgados de Ferrol continúan emitiendo sentencias favorables a los consumidores que reclaman la devolución del dinero usurpado por las entidades bancarias con cláusulas contractuales que han sido declaradas abusivas.
La mayoría de los magistrados ya se basan en la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que resolvió hace pocas semanas el carácter retroactivo de las mismas, es decir, que debe devolverse todo lo detraído por esa cláusula desde el inicio del contrato.
Así se pronunció, por ejemplo, la magistrada del juzgado número dos de Ferrol, Elvira Méndez, en sus dos primeras sentencias de este año, referidas a este asunto concreto. En las propias sentencia se relata que, precisamente, la causa fue suspendida en mayo de 2016 hasta que el tribunal europeo no construyese una jurisprudencia al respecto.
Por ello, en una de las causas abiertas contra el Banco Caja España, se declaró abusiva la clásula suelo, en la que se estipulaba que “en ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación podría ser superior al 12,55 ni inferior al 3,5 por ciento”. 
La magistrada consideró que la entidad no informó debidamente a los consumidores que lo que contrataban era, en realidad, un préstamo a interés fijo y que esas “variaciones del tipo de referencia” no repercutirían en su beneficio. 
La falta de transparencia está siendo el denominador común a la hora de echar por tierra estas cláusulas, explica Patricia Díaz Marcos, la abogada que llevó estas causas. La letrada cuenta que la segunda sentencia que emitió este juzgado en 2017  –y que también llevó ella–  era por una causa exactamente igual que la primera, contra la misma entidad bancaria, que sin embargo, en esta ocasión, se allanó y no quiso litigar. “Son decisiones de sus servicios jurídicos que a veces nos sorprenden. Suponemos que echarán sus cuentas a la hora de pagar las costas”, explica Díaz Marcos.

disparidad
Sin embargo, como ya han reprobado otros abogados, no todos los magistrados de Ferrol han seguido este mismo criterio. 
Otra de las causas que esta misma abogada asistió y que también fue estimada, se resolvió antes de la sentencia de la UE y, por tanto, se aplicó la jurisprudencia del Tribunal Supremo por la que solo se debía devolver la cantidad detraída de esa cláusula abusiva hasta mayo de 2013.
Este fallo fue recurrido el mismo día que finalizaba el plazo y que, casualmente, coincidió con la sentencia del tribunal europeo. Sin embargo, diferentes letrados ferrolanos recuerdan que existen otras muchas causas en las que no se esperó a conocer esta resolución comunitaria y que ya no verán devuelta toda la cuantía. n

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