Condenan a un menor naronés por acoso escolar y al colegio como responsable solidario

El Juzgado de Menores de A Coruña ha dictado una sentencia en la que condena a un menor naronés como autor “de un delito contra la integridad moral, una falta de lesiones, una falta de maltrato y un delito de lesiones psíquicas y la medida de realización de seis meses de tareas socioeducativas dirigidas fundamentalmente al aprendizaje de técnicas de control de impulsos, respeto a los demás y empatía”, por los actos violentos cometidos contra un compañero de curso. Además se deberá indemnizar al otro menor implicado, la víctima del acoso escolar, con 800 euros por las facturas de la terapia psicológica a la que tuvo que acudir, 39,62 por la medicación prescrita por el pediatra y 12.410,64 euros por los “días invertidos en la curación”, que fueron 389. En el apartado económico se responsabiliza también al Centro Privado Santiago Apóstol, en Narón, como responsable solidario.
En la sentencia la jueza Ana Barcia Casanova apunta que el colegio “en ningún momento quiso reconocer” que había esta conducta e incluso explica que no actuaron “con la debida diligencia” y permitieron “la situación de acoso escolar” con “nefastas consecuencias”.
La acusación particular fue ejercida por el abogado José Grande Morlán, que destaca la importancia de resoluciones de este tipo respecto a la atención y reacción de los centros escolares en problemas que la jueza, en la propia sentencia, califica como un “fenómeno que en los últimos años ha adquirido interés social debido al aumento y gravedad de hechos y al entorno donde se produce, el educativo”.
El documento considera probadas las agresiones verbales y físicas de un alumno a su compañero de clase desde las primeras semanas del curso 2012-2013, contando con testimonios de otros alumnos. Los insultos “casi a diario” derivaron en empujones y golpes. Cuando la familia del chico agredido se enteró lo puso en conocimiento del centro, al que recurrió en más de una ocasión con informes de una psicóloga y del pediatra del joven, en el que se refieren distintos trastornos que incluyen pesadillas, insomnio, tristeza, disminución de apetito, pérdida de peso, empeoramiento del rendimiento escolar, ansiedad, miedo anticipatorio y nerviosismo, entre otros. Este cuadro requirió tratamiento psicoterapéutico y farmacológico y finalmente derivó en el cambio de centro escolar.
También en el apartado de los hechos probados se explica que el colegio tomó ciertas medidas ante la situación, como el traslado del chico agresor a otra clase del mismo curso durante un tiempo o la realización de un test de acoso escolar por parte de un técnico orientador ajeno, que fue positivo en el 45% y que “no fue anónimo sino que figuraba el nombre y apellidos de los niños”. También refiere el centro “haber intensificado la vigilancia en los recreos, si bien no consta documentado”.
Para la jueza del Juzgado de Menores de A Coruña “no consta que activasen un protocolo de prevención y tratamiento de acoso escolar, no hay constancia documental de entrevistas” mantenidas con los dos alumnos implicados, “ni un simple test realizado por la psicóloga del centro, no se ha acreditado la incoación de expediente alguno, tampoco hay constancia documentada donde se detallen horarios y turnos de profesores para intensificar turnos de vigilancia como refiere el centro, ausencia de documentación acreditativa de la actuación realizada, no asignación de persona alguna responsable de prestar atención y apoyo” al menor agredido “ni por supuesto comunicación alguna a la Consellería de Educación”. Por esto hace responsable solidario al centro educativo de la cantidad que se debe abonar al chico, “en función del deber de control y vigilancia que los guardadores han de tener sobre los menores a su cargo”.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

Condenan a un menor naronés por acoso escolar y al colegio como responsable solidario

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